BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 13/09/2004
—-DR. JULIO HECTOR LUNA, ACTUARIO ACTUAL DE LA SECRETARIA Nº 16, JUZGADO C.C Nº 8, en el Expte. Nº A- 20374/03 caratulado: “DESALOJO: GILMAR RUEDA C/ MIGUEL LARREGUI”, hace saber que el Sr. Juez de la causa a dictado el sgte. Decreto: SAN PEDRO DE JUJUY, 11 DE SEPTIEMBRE DE 2003.-Atento a haber cumplimentado la DRA. ADRIANA LESCAFFETE lo intimado en autos, de la demanda de Desalojo interpuesto en los presente autos, córrase traslado al demandado MIGUEL LARREGUI con las copias respectivas en el domicilio denunciado, a quien se emplaza para que la conteste dentro del término de DIEZ DÍAS hábiles contados a partir de la notificación presente (art. 388 C.P.C.) bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos expuestos en la demanda y llamarse AUTOS PARA SENTENCIA ( Art. 388 del C.P.C.) .- En igual plazo intímasela a constituir domicilio legal dentro del radio de asiento del Juzgado- 3 km.- bajo apercibimiento de notificarse las posteriores resoluciones (art. 52 del C.P.C.).- Notifíquese a los demandados con transcripción de los art. C.P.C.. –Notifíquese al Sr. Juez de Paz con Jurisdicción en el domicilio del demandado. Notificaciones en Secretaria los días martes y jueves o el siguiente día hábiles si alguno de ellos fuere feriado.- NOTIFÍQUESE – FDO. DR. EDUARDO H. CONDE – JUEZ- ante mi: DR. JULIO H. LUNA – STRIO- ES COPIA.-Publiquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en CINCO DÍAS. San Salvador de Jujuy, 02 de Febrero de 2004.-
SEPT. 10/13/15 LIQ. Nº 37446 $ 8.70








