BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 06/09/2004

—-DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3- Secretaria Nº5, de la Prov. de la Jujuy, en el Expte. Nº B- 106667/03, caratulado: “ EJECUTIVO: CREDIMAS S.A. C/ CASTELLON, CARINA ALEJANDRA .-“, hace saber a la SRA. CARINA ALEJANDRA CASTELLON que en el mismo, se ha dictado al decreto que a continuación se transcribe: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DE SEPTIEMBRE DEL 2003.- Por presentado el DR. EDGARDO CHUCHUY DE VASCONCELLOS, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de CREDIMAS S.A. a mérito de la copia juramentada del Poder Gral. para juicios que acompaña a fs. 4/6 de autos.- De conformidad con lo dispuesto por los arts. 472,478 y 480 del C.P.C., requiérase de PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO a la demandada SRA. CARINA ALEJANDRA CASTELLON, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTIUNO CON VEINTE CENTAVOS ($ 721.20), en concepto de capital, con más la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA CON SESENTA CENTAVOS ($ 360.60) presupuestada para responder a accesorias legales y costa del presente juicio.- En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la propia parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas y/o algún otro gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios y/o Juez embargante.- Asimismo, cítesela de REMATE, para que dentro de los CINCO DÍAS de notificado, oponga excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costa con las copias respectiva y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo, y también por el mismo plazo antes señalado, se intimara al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de ley (art. 52 del C.P.C.).- Notificaciones en secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Públiquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en CINCO DÍAS.

Pro- Secretaria: PROC. MARIA J. BERRAZ DE OSUNA. SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 DE MAYO DE 2004.-

SEPT. 03/06/08 $ 8.70