BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 03/09/2004

—-DR. JOSE LUIS CARDERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1, SECRETARIA Nº 1, en los autos Nº B- 88.821/02, caratulado: “EJECUTIVO: C.A.R.S.A. S.A.C. e I C/ QUINTEROS, Manuel Eduardo”, A FS. 39/vta. se ordena la siguiente providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de Junio del 2003.- I.- Atento constancias de autos y a fin de evitar nulidades, notifíquese al demandado la sentencia de fs. 31 mediante edictos en diario local y Boletín Oficial.- FDO. DR. JOSE L. CARDERO- Juez Ante mi: DRA. MARIA E. CACERES- Stria.”.————- SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Abril del 2003.- AUTOS Y VISTOS:…CONSIDERANDO:…RESUELVE:…1.-Mandar a llevar adelante la ejecución seguida por C.AR.S.A. S.A.C. e I., en contra de MANUEL EDUARDO QUINTEROS, hasta hacerse acreedor de integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS NOVECIENTOS C/06/100($ 900.06), dicho monto devengará desde la mora del deudor (art. 509 dl C.C.), hasta la fecha de cancelación de la obligación, el interés que surge de aplicar la tasa activa promedio igual al que fija mensualmente el Banco Central de la República Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales.- 2.- Imponer las costas a la demandada (art. 102 del C.P.C.).- 3.- Diferir la regulación de los honorarios del letrado Interviniente hasta que exista planilla de liquidación definitiva ( Acordada Nº 30/84 del Eximo. S.T.J.) y deberá dar cumplimiento con la Resolución 689 de la A.F.I.P.- D.G.I.- 4.- Agregar copia en autos, protocolizar notificar la presente por cédula art. 155 del C.P.C. Y EN LO SUCESIVO POR Ministerio de la Ley ( art. 154 DEL C.P.C.).- FDO. DR. JOSE L. CARDERO- Juez. Ante mi: DRA. MARIA E. CACERES – Stria”.

A tales efectos Públiquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces en CINCO DÍAS.———Secretaria, 13 de junio del 2003 – DRA. MARIA ELENA CACERES – SECRETARIA.-

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