BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 01/09/2004

—-DR. JOSE LUIS CARDERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº1, SECRETARIA Nº1, en los autos B- 72.280/01, caratulado:”EJECUTIVO: SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITO DIRIGIDO S.A.- S.U.C.R.E.D. S.A. c/ ACOSTA, MARCOS DAVID”, se ha dictado la siguiente providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de mayo de 2002- I.- Proveyendo a lo solicitado y atento a las constancias de autos notifíquese al demandado la providencia de fs. 12 por edictos (art. 162) DR. JOSE L. CARDERO – JUEZ, ante mi: DR. MARIA E. CACERES – Stria.”.-

San Salvador de Jujuy, 27 de Abril de 2.001.- Por presentado el DR. JORGE L. ACERMAN, en calidad de apoderado de SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITOS DIRIGIDO S.A. (S.U.C.R.E.D. S.A.), por constituido domicilio legal y por parte, a mérito de la copia juramentada de poder que se acompaña. De conformidad a lo previsto por los arts. 472,478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de MARCOS DAVID ACOSTA, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y DOS ($ 272), en concepto de capital, con más la de PESOS OCHENTA Y UNO C/60/100 ($ 81,60-) calculada para responder a ulteriores del juicio. En efecto de pago TRÁBESE EMBARGO, sobre bienes de propiedad de la demandada hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, requeriendosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legítima si las tuviere dentro del término de CINCO DÍAS, en este Juzgado Civil y Comercial Nº 1- Secretaria Nº1, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímeselo a constituir domicilio dentro del radio de tres kilometro del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Item. Para el cumpliendo de lo ordenado, comisiones al Sr. Oficial de Justicia, con las facultades que le fuere menester. Notificaciones en secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno fr ellos fuere feriado.-Fdo. DRA. DELIA FILOMENA ORTOS- Juez por habilitación. Ante mi: DRA. MARIA E. CACERES – STRIA”.A tales efectos Públiquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 04 de Junio del 2002.- Secretaria – Dra. María Elena Cáceres – secretaria.-

AGOSTO 27/30 SEPTIEMBRE 01 $ 8.70