BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 01/09/2004

—-DR. ENRIQUE R. MATEO, Vocal de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial, en el Expte. Nº B- 105.216/03” ORDINARIO POR POSESION VENTEAÑAL: CARLOS CRUZ Y TERESA ESTER QUIPILDOR C/ ESTADO PROVINCIAL Y/O QUIENES RESULTAREN TITULARES DEL INMUEBLE” se ha dictado el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de junio de 2004: De la demanda ordinaria interpuesta y su ampliación, córrase traslado al accionado ESTADO PROVINCIAL en el domicilio denunciado, para que la contesten dentro del plazo de QUINCE DÍAS de notificados bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hicieren. Notificaciones en Secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Cítase y emplázase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Parcela 794, ubicado en la circ. 1, sección 3, Distrito Peña Blanca, la Banda, localidad de Humahuaca para que en igual término comparezcan a contestar la demanda, haciéndoles saber que las copias para traslado se encuentran en secretaria, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a contestar la demanda (art. 298 del C.P. Civil) y designarles como su representante al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausente, notificándose mediante edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días. Intímase al accionado para que en igual plazo constituya domicilio legal, dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarlo n lo sucesivo por Ministerio de ley. Notifíquese por Ministerio de Ley. FDO. Dr. ENRIQUE MATEO – Vocal- ante mi: CESAR BAREA- PRO- SECRETARIO: ES COPIA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 DE JUNIO DE 2004.-

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