BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 25/08/2004

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL – SALA IV

CENTRO JUDICIAL SAN PEDRO DE JUJUY

Voc. Dr. MIGUEL ANGEL MASACESSI, en el Expte. Nº A-15.824/02 caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑO MORAL: JUAN CARLOS DÍAZ Y MARTA ELENA GODOY c/ DAVID ZAPANA, PABLO RUEDA, EXPRESO GENERAL SARMIENTO S.A. Y LIDERAR CÍA. DE SEGUROS S.A.”, procede a notificar el decreto que a continuación se transcribe: “/// SAN PEDRO DE JUJUY, 2 de Marzo de 2004.- I.- Por presentado el Dr. DANIEL ALEJANDRO DÍAZ, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de los Sres. JUAN CARLOS DÍAZ y MARTA ELENA GODOY, a mérito de Escritura Pública Nº 230/02 – Registro Notarial Nº 49, de Poder General para Juicios, que en copia juramentada acredita.- II.- Téngase por presente la Ampliación de Demanda deducida por los nombrados en contra de los accionados Sres. PABLO RUEDA, domiciliado en Manzana 387 – Lote 10 – Barrio San Lorenzo de la ciudad de Libertador Gral. San Martín – Departamento Ledesma de esta Provincia de Jujuy, y DAVID ZAPANA, EXPRESO GENERAL SARMIENTO S.A., con domicilio en Ruta Nº 8 y Nº 197 de la localidad de José C. Paz – Provincia de Buenos Aires, y córrase traslado a los nombrados para que la contesten en el plazo de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, con más VEINTE (20) DÍAS HÁBILES en razón de la distancia a favor del último de los nombrados, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hicieren (art. 298 Cód. Proc. Civil), intimándolos asimismo a que constituyan domicilio legal en el radio de 3 km. del asiento de esta Sala bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones – cualesquiera fuera su naturaleza – por Ministerio de ley (art. 52 Cód. Proc. Civil).- IV.- A la citación de tercero en Garantía peticionada ha lugar, debiéndose notificar a la firma LIDERAR COMPAÑÍA GENERAL DE SEGUROS S.A., con domicilio en Reconquista Nº 585 de la ciudad de Buenos Aires – Capital Federal –para que en el plazo establecido de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES con más VEINTE (29) DÍAS HÁBILES en razón de la distancia (art. 193 Cód. Proc. Civil, art. 118 Ley 17.418 de Seguros), comparezca a estar a derecho en la presente causa.- Notifíquese por Carta Documento, facultándose a su diligenciamiento a los Dres. Daniel Alejandro Díaz y René R. Barrionuevo y/o a la persona que éstos designen, previniéndoles que deberán acreditar ante este Tribunal el envío de la notificación en el término de CINCO (5) DÍAS HÁBILES, bajo apercibimiento de tener a su parte por desistida de la Citación en Garantía solicitada.- V.- Asimismo, admítase la notificación solicitada a la Superintendencia de Seguros de la Nación y líbrese carta documento como se pide.- VI.- Resérvese en Secretaría los instrumentos de prueba que en sus originales da cuenta el cargo precedente.- VI.- Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- VII.-… VIII.- Notifíquese por Cédula.- Fdo:- Dr. MIGUEL ANGEL MASACESSI – Vocal Presidente de Trámite; Ante mí; – Esc. GUILLERMO GIMENEZ OTERO – Prosecretario”.- ES COPIA.-

—-Publíquese por tres (3) veces en cinco (5) días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.-

—-San Pedro de Jujuy, 12 de Julio de 2.004.-

Agosto 18-20-25 Liq. Nº 37358 $ 8,70.-