BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 25/08/2004
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPEDIENTE N° 16 – 5212 – 2004 .-
DECRETO N° 0191.04.008 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de Mayo de 2004.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 3915/2004, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 15 de abril de 2004, referente al Cambio de Uso de Suelo de R3 (Residencial Semiextensivo) a R.M. (Residencial Mixto) en la Avda. Párroco Marshke, en el tramo comprendido entre las calles Mejías y Puerto Argentino; y para el tramo sobre el fraccionamiento y División aprobado con el N° 960234 – Archivo A-1-9-096, anexado Ejido Urbano de esta Ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que, no existiendo impedimento para proceder de conformidad a lo establecido en el presente proyecto, el mismo queda convertido en Ordenanza en base a las disposiciones contenidas en el Artículo 38° Punto 2) de la Carta Orgánica Municipal;
Por ello, y conforme lo reglamentado en el Artículo 55° Punto 4) del mismo instrumento legal:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 3915/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 15 de abril de 2004, referente al Cambio de Uso de Suelo de R3 (Residencial Semiextensivo) a R.M. (Residencial Mixto) en la Avda. Párroco Marshke, en el tramo comprendido entre las calles Mejías y Puerto Argentino; y para el tramo sobre el fraccionamiento y División aprobado con el N° 960234 – Archivo A-1-9-096, anexado Ejido Urbano de esta Ciudad.-
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3915/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos Arq. MARIO RAUL MENDOZA, conforme lo establecido en el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-1994.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y pase a sus efectos a la Dirección de Estudios y Proyectos y Dirección de Obras Particulares.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE – MUNICIPALIDAD
DE SAN SALVADOR DE JUJUY








