BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 11/08/2004
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.
EXPEDIENTE N° 07714 – 2004. –
DECRETO N° 0304.04.008 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Junio de 2004.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 3979/2004 sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Mayo de 2004, mediante el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenios con la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y otros Organismos Provinciales, a los efectos de realizar la limpieza de los canales ubicados en la zona sur, en los tramos comprendidos entre Avenida Savio y Avenida Corrientes hasta finalizar su recorrido dentro del ejido Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, no existe impedimento alguno para proceder a la promulgación de dicha norma haciéndose necesario emitir el pertinente instrumento legal en tal sentido.-
Por ello y conforme lo reglamentado en el Artículo 55° Pun-to 4) de la Carta Orgánica Municipal:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 3979/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Mayo de 2004, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenios con la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y otros Organismos Provinciales, a los efectos de realizar la limpieza de los canales ubicados en la zona sur, en los tramos comprendidos entre Avenida Savio y Avenida Corrientes hasta finalizar su recorrido dentro del ejido Municipal .-
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instru- mento legal, cúmplase, comuníquese y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3979/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto mediante nota de estilo para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, Arq. MARIO RAUL MENDOZA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y pase a conocimiento y demás fines pertinentes a las Direcciones de Presupuesto y de Higiene Urbana y Medio Ambiente.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE – MUNICIPALIDAD
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
Arq. MARIO RAUL MENDOZA
Secretario de Obras y Servicios Públicos
Municipalidad de S.S.de Jujuy
Agosto 11 S/C








