BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 11/08/2004

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 16 – 0 6330 – 0 -2004 0.-

DECRETO N° 0210.04.008 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de mayo de 2004

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 3952/04, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria realizada el 29 de abril de 2004, mediante el cual solicita que el Dpto. Ejecutivo a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice tareas de bacheo, nivelado y enripiado en toda la extensión de la Avda. Ascasubi, en los Barrios Campo Verde, 9 de Julio y Prensa de esta Ciudad; y

CONSIDERANDO:

Que, no existe impedimento alguno para proceder a la promulgación de dicha norma, razón por la cual se hace necesario emitir el pertinente instrumento legal en tal sentido,

Por ello, y conforme lo reglamentado en el Artículo 55° Punto 4) de la Carta Orgánica Municipal:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza Municipal N° 3952/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria realizada el día 29 de abril de 2004, mediante la cual solicita que el Dpto. Ejecutivo a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, efectúe tareas de bacheo, nivelado y enripiado en toda la extensión de la Avda. Ascasubi, en los Barrios Campo Verde, 9 de Julio y Prensa de esta Ciudad, en atención a los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3952/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos, Arq. MARIO RAUL MENDOZA, conforme lo establecido en el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-1994.-

ARTICULO 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial, y pase a sus efectos a la Dirección de Presupuesto, Dirección de Estudios y Proyectos y Dirección de Obras Viales.-

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE – MUNICIPALIDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

Agosto 11 S/C