BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 11/08/2004
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16 – 0 10155- 0 -2003 0.-
DECRETO N°0541.04.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DE JULIO DE 2004.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 3852/03, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria realizada el 04 de diciembre de 2003, referido a la eximición del pago en concepto de Servicios que brinda la Empresa LIMSA a la
“FUNDACION INTEGRANDO”, por el inmueble ubicado en calle La Madrid N° 57, por el período 2003; y
CONSIDERANDO:
Que, habiendo vencido el día 23 de diciembre de 2003 el plazo establecido en el Artículo 38° Punto 1 de la Carta Orgánica Municipal, sin que se produjera el veto del Proyecto en cuestión, corresponde la aplicación del Punto 2 del mismo Artículo, quedando de este modo convertido en Ordenanza;
Por ello, y conforme lo reglamentado en el Artículo 55° Punto 4) de la Carta Orgánica Municipal:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 3852/2003, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria realizada el 04 de diciembre de 2003, referida a la eximición del pago en concepto de Servicios que brinda la Empresa LIMSA a la “FUNDACION INTEGRANDO”, por el inmueble ubicado en calle La Madrid N° 57, por el período 2003, en atención a los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3852/2003, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, C.P.N. Dn. RENE VIDAL MARTINEZ, conforme lo establecido en el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-1994.-
ARTICULO 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial, y pase a sus efectos a la Dirección General de Rentas Municipal, remitiéndose copia del presente dispositivo legal a la Empresa LIMSA.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE – MUNICIPALIDAD
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
Agosto 11 S/C








