BOLETÍN OFICIAL Nº 89 – 09/08/2004
—-DRA. OLGA DEL VALLE VILLAFAÑE DE GRIOT- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº2, Secretaria Nº4, en el Expte. Nº B- 92157/02, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ BREGIA ROBERTO FAVIÁN Y ESPOSITO ROGER DANIEL”.- se procede a notificarlo del siguiente DECRETO: ///SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 DE SEPTIEMBRE DEL 2003// / 1º.- El oficio diligenciado, agréguese.- 2º.-Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. libérese en contra del demandado ROGERDANIEL ESPOSITO mandamiento de pago, ejecución por la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS ($1.900) en concepto de capital con más la de PESOS QUINIENTOS SETENTA ($570), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, hágaseles saber que se convertirá en definitivo el EMBARGO trabado sobre el inmueble individualizado como lote 21, de la manzana 143-V-2, Circ. 1, Sección 15, Parcela 21-A, Padrón A-56610, Matrícula A-24923-56610, ubicado en Alto Padilla, Dto. Manuel Belgrano, cítesela de remate par que oponga excepciones legítimas si las tuviere, dentro del término de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución.- 3 –Al efecto, comisiónase al Señor OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio, y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Asimismo intímase a la demandada para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES Km. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 4.- Notifíquese (Art. 155 del C.P.C.).- Fdo. DRA OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT- Juez – Ante mi Secretaria DRA. MARIA FLORENCIA CARRILLO .ES COPIA- Se le hace al demandado que los términos se comenzaran a contar a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de designarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.-
—– A tal fin publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por TRES VECES en el término de CINCO DIAS.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de Junio de 2.004.-
Agosto 9/11/13 – Liq. 37345 – $8,70








