BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 28/07/2004

—-DRA. MARIA DEL C. G.C. DE PUCH, Juez del Tribunal de Familia de la Provincia de Jujuy, Vocalía III, en el Expte Nº B- 113.193/04, caratulado: “DIVORCIO GALLARDO GERARDO AUGUSTO C/ RODRIGUEZ NELIDA NOEMI” procede a notificar a la Sra. NELIDA NOEMI RODRIGUEZ el decreto que a continuación se transcribe: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 DE MAYO DE 2004.- Admítase la presente demanda de DIVORCIO VINCULAR, la que se tramita de conformidad al procedimiento de Juicio Ordinario (art. 370 del C.P.C).- III.- A la documentación agrégese y téngase presente para su oportunidad.- IV.- Confiérase traslado de la demanda a la accionada SRA. NELIDA NOEMI RODRIGUEZ por el término de quince días con las copias respectivas y en el domicilio denunciado, bajo apercibimiento de tenerlo por contestado si no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.).- v.-Intímasela para que en igual término constituya domicilio dentro de los tres kms. del asiento de este Tribunal de Familia, Vocalía III, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de ley, todas las resoluciones posteriores (art. 52 C.P.C).- Notifíquese.- fdo. DRA. MARIA DEL C. G.C. DE PUCH – Ante mí: DRA SANDRA RAMIREZ- Secretaria- ES COPIA- SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 DE MAYO DE 2004.-“ San Salvador de Jujuy, 10 DE Junio del 2004.- I.- Córrase traslado de la demanda a la accionada, mediante la publicación de edictos, como se pide.- II.- Notifíquese.- Fdo. DRA. MARIA DEL C. G. C. DE PUCH – Ante mí DRA. SANDRA RAMIREZ, Secretaria.-

Julio 23/26/28 Liq. Nº 037294.- $ 8,90.-