BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 28/07/2004

CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE CUOTAS SOCIALES DE “ESTUDIO TECNICO EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L.”

Entre los señores EDUARDO HORACIO ROQUES, argentino, con matrícula individual número 7.288.476, viudo de sus únicas nupcias con Beatriz Eugenia Rodriguez, domiciliado en calle Lima 806 del Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad, por sus propios derechos y en nombre y representación de sus hijos GONZALO FEDERICO ROQUES, argentino, con documento nacional de identidad número 21.320.297, soltero, domiciliado en calle Lima 806 de esta ciudad, a mérito del Poder General Amplio de Administración y Disposición, otorgado por la escritura nº 623 de fecha 16 de julio de 1996, autorizada por el Escribano Patricio Lacsi; EDUARDO HORACIO ROQUES (h),argentino, con documento nacional de identidad número 21.320.298, soltero, domiciliado en calle Obispo Salguero 456 de la ciudad de Córdoba, capital de la provincia del mismo nombre de esta república, a mérito del Poder General Amplio de Administración y Disposición otorgado por la escritura nº 175 de fecha 23 de setiembre de 2003, autorizada por la Escribana de la ciudad de Córdoba, doña Gabriela Ines Ferreyra de Cocco; y MARIA SILVIA ROQUES, argentina, con documento nacional de identidad número 23.053.772, soltera, domiciliada en calle Obispo Salguero 456, piso 3º de la ciudad de Córdoba, capital de la provincia del mismo nombre de esta república, a mérito del Poder General Amplio conferido por la escritura número 79 de fecha 28 de setiembre de 1996, autorizada por la escribana de la ciudad de Córdoba doña Sara Dib de Angaroni, por una parte; por otra parte, MARIO RENE LOPEZ CARRILLO, argentino, con matrícula individual número 7.283.622, casado en primeras nupcias con Sonia Angélica Bonutto, domiciliado en Avenida Arturo Illia nº 592 del barrio Los Perales de esta ciudad; y por una tercera parte JORGE RENE WEIBEL, argentino, con documento nacional de identidad número 13.550.320, de 45 años de edad, de profesión ingeniero, casado en primeras nupcias con Constanza María López Iriarte, domiciliado en calle Güemes 1138 de esta ciudad, convienen en celebrar el siguiente contrato privado de compraventa de cuotas sociales, el que se subordina a esta cláusulas:

PRIMERA: Los señores Eduardo Horacio Roques, Eduardo Horacio roques (h), Gonzalo Federico Roques, María Silvia Roques y Mario René López Carrillo, son titulares de la totalidad de las cuotas sociales de la razón social que gira en esta plaza bajo la denominación de “ESTUDIO TECNICO EMPRESA CONSTRUCTORA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, en la proporción de dos mil doscientas cincuenta cuotas don Eduardo Horacio Roques, setecientas cincuenta cuotas cada uno de los señores Eduardo Horacio Roques (h), Gonzalo Federico Roques, María Silvia Roques, y cinco mil cuotas don Mario René López Carrillo, según así resulta de los siguientes instrumentos: a) del contrato constitutivo de la misma, suscripto privadamente en fecha 26 de enero de 1974 e inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo el número 3325 de orden a los folios 31 al 37 y Legajo XXXIX del Registro de escrituras mercantiles, y al folio 20, Acta número 2473 del Libro VII de la Matrícula de Comerciantes, b) la hijuela expedida en el Juicio Sucesorio de Beatriz Eugenia Rodriguez de Roques, tramitado por Expediente Nº 50852/91, caratulado: “SUCESORIO RODRIGUEZ DE ROQUES, BEATRIZ EUGENIA”.- y c) de la prórroga de Contrato social celebrada en fecha 19 de diciembre de 2003, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo Asiento Nº 5, al Folio 37/39 del Legajo VII de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 10 de marzo de 2004.-

SEGUNDA: El señor Eduardo Horacio Roques, por sí y en representación de sus nombrados hijos Eduardo Horacio Roques (h), Gonzalo Federico Roques y María Silvia Roques, conforme los mandatos invocados al comienzo VENDE y TRANSFIERE a don Jorge René WEIBEL, quién acepta, la totalidad de las cinco mil cuotas sociales que tiene suscriptas del capital social de la firma ESTUDIO TECNICO EMPRESA CONSTRUCTORA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por el precio total y único de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000.-), que ha sido abonado con anterioridad a este acto, en sesenta cuotas iguales, quincenales y consecutivas de Pesos un mil ($ 1.000.-), importes por los que el vendedor, por sí y por sus representados otorga al adquirente recibo por el precio.-

TERCERA: El señor Jorge René WEIBEL acepta esta compra-venta, agregando que declaran conocer y aceptar la documentación social de la que surge la exacta situación económica-financiera-patrimonial de la sociedad a la fecha del presente contrato, como así también el contrato social y su próroga, cuyos textos ratifica expresamente.-

CUARTA: Las partes hacen constar que el cesionario don Jorge René Weibel se encuentra debidamente facultado para realizar los trámites de inscripción de éste contrato y cualquier otra documentación que fuere necesario en el Registro Público de Comercio.-

QUINTA: Por su parte el señor Mario René López Carrillo, en el carácter de titular de las cuota sociales, conforme lo especificado precedentemente, presta su conformidad con la cesión de cuotas realizada por el presente contrato.-

SEXTA: Los señores Mario René López Carrillo, en el carácter de únicos socios de la razón social “ESTUDIO TECNICO EMPRESA CONSTRUCTORA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” resuelven modificar los estatutos de la citada sociedad, en el sentido de dejar expresa constancia que la administración y representación legal de la sociedad será ejercida indistintamente, en calidad de gerentes por los socios MARIO RENE LOPEZ CARRILLO y JORGE RENE WEIBEL y desempeñarán  sus funciones en la forma establecida en dichos estatutos.-

SEPTIMA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes constituyen domicilio legal en los lugares consignados al comienzo y a tales fines se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de esta ciudad, renunciando a cualquier otro que les pudiera corresponder.-

En fe de lo cual, se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los un días de julio de dos mil cuatro.-

Jorge Alberto Frias Escribano Titular Nº 35 con asiento en esta ciudad.

Actuación Notarial Nº A-00320977.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la Ley 19550.- San Salvador de Jujuy 14 de Julio de 2004

Dr. RAMON ANTONIO SOSA

Jefe de Mesa General de Entrada

Por Habilitacion al Juzgado de Comercio

Julio 28 – Liq. 37316 – $49,70