BOLETÍN OFICIAL Nº 83 – 23/07/2004

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 07716 – 2004. –

DECRETO N° 0307.04.008 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Junio de 2004.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 3981/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Mayo de 2004, mediante la cual, se dispone que a través de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos se implemente un sistema de retardadores de velocidad en Avenida Vespucio, en el tramo comprendido entre calle Burela y Avenida Mejías de las 560 Viviendas del Barrio Santa Rita de esta Ciudad.-

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3981/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, mediante nota de estilo para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, Arq. MARIO RAUL MENDOZA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y pase a conocimiento y demás fines pertinentes a las Direcciones de Presupuesto y de Obras Viales.-

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNICIPALIDAD DE S.S. DE JUJUY

Arq. MARIO RAUL MENDOZA

Secretario de Obras y Servicios Públicos

Municipalidad de S.S. de Jujuy

Julio 23 S/C