BOLETÍN OFICIAL Nº 83 – 23/07/2004

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 9227 – – 2003 .-

DECRETO N° 0323.04.008 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Junio de 2004.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 3804/2003, sancionada por el Concejo De- liberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 30 de Octubre del año en curso, referente a estudios técnicos para la construcción de retardadores de velocidad en calles y avenidas de Barrio Los Huaicos.-

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3804/2003, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, mediante nota de estilo para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, Arq. MARIO RAUL MENDOZA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y pase para su conocimiento y demás fines pertinentes a la Dirección de Mantenimiento Urbano.-

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNICIPALIDAD DE S.S. DE JUJUY

ARQ. MARIO RAUL MENDOZA

SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIO PUBLICOS

MUNICIPALIDAD DE S.S. DE JUJUY

Julio 23 S/C