BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 14/07/2004
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
E X P E D I E N T E N° 16-0-08216-00-2004.-
DECRETO ACUERDO N° 0174.04.009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 de julio de 2004
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EN ACUERDO DE SECRETARIOS
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébase el Acto de Apertura del Concurso de Precios N° 26/2004 efectuado el día 28 de Junio del año 2004, para la “CONTRATACION DE UNA EMPRESA CONSULTORA PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRUCTURA DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, CLAUSULAS PARTICULARES”, a efectos de realizar un llamado a Licitación Pública con el objeto de la confección de un contrato de FIDEICOMISO, que permita la reestructuración de la deuda publica municipal y que en caso de llevar a cabo la contratación del Fideicomiso con un Banco oficial, la consultora deberá asesorar Técnica, Jurídica y Financieramente a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy.
ARTICULO 2°.- Desestímase lo ofrecido por las firmas “BANCO DE GALICIA S.A.”, “ECONOMIAS Y REGIONES S.A.” y “DELOITE & TOUCHE CORPORATE FINANCE S.A.”, por resultar inadmisibles los montos cotizados, los cuales se encuentran fuera del presupuesto previsto por la Municipalidad de San Salvador de Jujuy.
ARTICULO 3°.- Adjudícase el Concurso de Precios N° 26/2004, a la firma “FUNDACION MERCADO” por la suma total de pesos VEINTE MIL QUINIENTOS ($ 20.500,00.-), con plazo de ejecución de treinta (30) días desde su notificación respectiva y en un todo de acuerdo a los Pliegos de Bases y Condiciones y Claúsulas Particulares e informe producido por la Comisión de Preadjudicación, erogación que deberá atenderse con la siguiente imputación: Servicios No Personales -Honorarios y Retribuciones a Terceros: 01-01-02-02-04 – de la Unidad de Organización: Secretaría de Hacienda.
ARTICULO 4°.- A los efectos de cumplimentar lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones, autorízase a la Dirección General de Compras y Suministros Municipal para que mediante nota de estilo exija el depósito de garantía a la firma adjudicataria.
ARTICULO 5°.- Conforme lo previsto en el Art. 16° del Pliego de Bases y Condiciones, por Asesoría Legal, procédase a confeccionar el correspondiente contrato para su cumplimiento respectivo.
ARTICULO 6°.- Autorízase a la Dirección General de Compras y Suministros a emitir la correspondiente orden de compra a favor de la firma adjudicataria.
ARTICULO 7°.- Por Dirección General de Rentas Municipal arbítrese los mecanismos correspondientes a efectos de la devolución de los depósitos de garantía de las ofertas, a las firmas que no resultaron adjudicadas.
ARTICULO 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial, y para su conocimiento y demás fines, derívese a la Dirección General de Compras y Suministros, Asesoría Legal, Dirección General de Rentas Municipal, Dirección General de Auditoría Interna Municipal y Dirección de Presupuesto respectivamente.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
I N T E N D E N T E
Municipalidad de S. S. de Jujuy
C.P.N. RENE VIDAL MARTINEZ
Secretario de Hacienda
Municipalidad de S. S. de Jujuy
Dr. MARTIN ENRIQUE SANCHEZ
Secretario de Gobierno
Acción Social y Cultura
Municipalidad de S. S. de Jujuy
Arq. MARIO RAUL MENDOZA
Secretario de Obras y Servicios Públicos
Municipalidad de S. S. de Jujuy
Ing. GUILLERMO EDUARDO WEIBEL
Secretario de Planificación y Desarrollo
Municipalidad de S. S. de Jujuy








