BOLETÍN OFICIAL Nº 78 – 12/07/2004
——La Sala IV del tribunal del trabajo, Vocalía del Dr. HUGO HERRERA, con asiento en la ciudad de San Pedro de Jujuy, hace saber que en el Expte. Nº-A- 15.338/02, caratulado: “INDEMNIZACION POR DESPIDO Y OTROS RUBROS: GOMEZ, RAUL OTILIO; MIRANDA, HUGO; ROMERO, SALOMON y TARCAYA, SANTOS C/ GRAZIANO, ESTEBAN y PELLICER. MARIA VICTORIA”, se ha dictado la siguiente Resolución, que a continuación se transcribe: SAN PEDRO DE JUJUY, 03 DE NOVIEMBRE DE 2.003.- AUTOS Y VISTOS:…- CONSIDERANDO:….- RESUELVE: 1) Hacer lugar a la demanda promovida por los Sres. RAUL GOMEZ, HUGO MIRANDA, SALOMON ROMERO, SANTOS TARCAYA y JORGE MARTINEZ CONDORI en contra del Sr. ESTEBAN GRACIANO, condenando a este último a abonar los montos que surgen del siguiente detalle: a abonar los montos que surquen del siguiente detalle: a) RAUL GOMEZ (Indemnización por Antigüedad: $ 9.515,88.- Indem. Art. 76 inc.- b) Ley 22.248: $ 951,58, Indem. Art. 52 Ley 23.551:$ 9.868,32.- S.A.C. año 2001 – 1º y 2º Semestre: $ 352,44, Vacaciones año 2001: $ 422,92-), Total:21.111,14.- b) HUGO MIRANDA (Indemnización por Antigüedad: 4.119,70.-, Indem. Art. 76 inc. b) Ley 22.248: $ 617,95.- S.A.C. año 2001.- 1º y 2º Semestre: $ 316,90.-,Vacaciones año 2001: $ 253,52.-) Total: $ 5.308,07.- c) SALOMON ROMERO ( Indemnización por Antigüedad: $ 6.694,20.- Indem. Art. 76 inc. b) Ley 22.248: $ 669,42, S.A.C. año 2001- 1º y 2º Semestre: $ 334,71, Vacaciones año 2001: $ 401,65) Total: $ 8.0999,98.- d) SANTOS TARCAYA (Indemnización por Antigüedad: $9.515,88-, Indem. Art. 76 inc. b) Ley 22.248: $ 951,58: S.A.C. año 2001.- 1º y 2º Semestre: $ 352,44, Vacaciones año 2001.-, Total: $11.242,82.- e) JORGE MARTINES CONDORI (Indemnización por Antigüedad $ 7.530,82.-, Indem. Art. 76 inc. b) Ley 22.248: $753,08.-, S.A.C. año 2001- 1º y 2º Semestre: $ 342,31.-, Vacaciones año 2001: $ 342,31.-,Vacaciones año 2001: $ 410,77.-, Total: $9.036,98.- Desde la fecha en que fueron debidos y hasta el efectivo pago se aplicaran los intereses tasa pasiva (uso justicia) que publica el Banco Central de la República Argentina.- Costas al Demanda .- 2) Condenar al demandado a hacer entrega a los actores de correspondiente Certificación de Servicios, Remuneraciones y Aportes Previsionales conforme lo normando por el art. 80 de la L.C.T., dentro del plazo de treinta días de quedar firme este decisorio, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de aplicársele una multa por cada día de demora.- 3) Regular los horarios del procurador VICTOR ROBERTO MARQUEZ en la suma de $4.383,92.- y los del Dr. FEDERICO F. OTOLA en le suma de $ 6.575,87.- 4) Notifíquese, agréguese copia en autos, etc.- Fdo. Dra. OLGA ZAMAR DE RESUA – Vocal – Dr. ELADIO GUESALAGA – VOCAL- Dr. HUGO S. HERRERA – Vocal Presidente de Tramite- Ante mí Dr. PEDRO A. RAMOS- Prosecretario- es copia.—
SAN PEDRO DE JUJUY, 15 de Junio de 2004.- I) Atento a lo solicitado y las constancias obrantes en autos, notifíquese la Sentencia de fs. 231/232 al demandado Sr. ESTEBAN GRACIANO mediante Edictos que se publicaran en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- II) Por Secretaría expídase los Edictos pertinentes.- III) Notifíquese.- Fdo. Dr. HUGO S. HERRERA- Vocal Presidente de Trámite- Ante mí Dr. PEDRO A. RAMOS Prosecretario.- es copia
SAN PEDRO DE JUJUY, 5 de Julio del 2004.-
Julio 12/14/16 Liq. Nº 37226 $8,70








