BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 05/07/2004

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 06329 – 2004. –

DECRETO N° 0212.04.008 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Mayo de 2004.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 3951/2004, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 29 de Abril de 2004, mediante el cual se dispone que, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, se realicen estudios técnicos pertinentes, y la posterior construcción de badenes u otro dispositivo similar en la intersección de la calle Benavídez y Avda. Arturo Illia del Barrio Los Perales de esta Ciudad; y

CONSIDERANDO:

Que, no existe impedimento alguno para proceder a la promulgación de dicha norma haciéndose necesario emitir el pertinente instrumento legal en tal sentido;

Por ello y conforme lo reglamentado en el Artículo 55° Punto 4) de la Carta Orgánica Municipal:

INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 3951/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 29 de Abril de 2004, mediante la cual se dispone que, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, se realicen estudios técnicos pertinentes, y la posterior construcción de badenes u otro dispositivo similar en la intersección de la calle Benavídez y Avda. Arturo Illia del Barrio Los Perales de esta Ciudad.-

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3951/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, mediante nota de estilo para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, Arq. MARIO RAUL MENDOZA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese el Boletín Oficial, y pase a conocimiento y demás fines pertinentes a las Direcciones de Estudios y Proyectos, de Presupuesto y de Obras Viales.-

ARQ. MARIO R. MENDOZA

Secretario de Obras y Servicios Publico

ARQ. JOSE L. MARTIARENA

Intendente

Municipalidad de S. S. de Jujuy

Julio 05 S/C