BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 23/06/2004

CONTRATO DE CESION DE CUOTAS SOCIALES – “AB CONSTRUCCIONES S.R.L.”.-

Entre don HUGO ALEXANDER, argentino, Libreta de Enrolamiento Nº 7.645.939, de profesión comerciante, casado en primeras nupcias con doña Carmen Gloria Balut, Libreta Cívica Nº 6.435.163, con domicilio en calle Fascio Nº 976 de San Salvador de Jujuy, por una parte y por la otra parte los señores CARMEN ALEXANDER, Documento Nacional de Identidad Nº 23.581.815, argentina, mayor de edad, de profesión Licenciada en Relaciones Internacionales, casada en primeras nupcias con Adrián Esteban Siufi, con domicilio en calle Güemes 1378, planta baja “C” de San Salvador de Jujuy y JUAN JOSE ALEXANDER, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 25.377.157, mayor de edad, de profesión Contador Público Nacional, soltero, con domicilio en Avenida Fascio Nº 976 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, declaran y convienen en celebrar el contracto que sujetan a las cláusulas siguientes.————————————————–

PRIMERA: Don Hugo Alexander manifiesta ser el único socio de la sociedad que gira en esta plaza con la denominación de “AB CONSTRUCCIONES S.R.L.”, con domicilio legal en Avenida Almirante Brown Nº 168 del Barrio San Pedrito de esta ciudad, constituida mediante instrumento privado de fecha 20 de diciembre de 1978, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, el 23 de abril de 1979, al Folio 447, Acta N° 2898 de SRL, Libro VII de la Matrícula de Comerciantes SRL; y al Asiento N° 4005, Folio 88/91, Tomo I, Legajo XLIV del Registro de Escrituras Mercantiles cuyas modificaciones fueron inscriptas en Asiento 4155 F° 509 Tomo II, Legajo XLV el 05 de setiembre de 1980; Asiento 4160 F° 534/548 Tomo II, Legajo XLV del Registro de Escrituras Mercantiles, el 12 de setiembre de 1980; Asiento 110 F° 365 Tomo I, Legajo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, el 23 de octubre de 1990; Asiento 140 F°482/484 Tomo II, Legajo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, el 08 de abril de 1992 y Asiento 29 F° 84/86 Tomo I, Legajo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, el 25 de agosto de 1994.———————————-

SEGUNDA: De acuerdo con el Contrato Social, el Capital Social asciende a la suma de Pesos Ley 18.188 SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO TRES MIL QUINIENTOS ($ 658.103.500), divididos en sesenta y cinco mil ochocientas diez (65.810) Cuotas de Pesos Ley 18.188 DIEZ MIL ($ 10.000) cada una. Don HUGO ALEXANDER, en su carácter de titular del total de las cuotas sociales antes mencionadas, CEDE A TITULO GRATUITO Y TRANSFIERE a favor de la señora CARMEN ALEXANDER tres mil doscientas noventa (3.290) Cuotas Sociales de Capital, de Pesos Ley 18.188 Diez mil cada una (hoy Pesos Un Millonésimo de centavo: $ 0,000001), representativas del 5% del Capital Social, de las que resulta único propietario y a favor del señor JUAN JOSE ALEXANDER, tres mil doscientas noventa (3.290) Cuotas Sociales de Capital, de Pesos Ley 18.188 Diez mil cada una (hoy Pesos Un Millonésimo de centavo: $ 0,000001), representativas del 5% del Capital Social, de las que resulta único propietario.—

TERCERA: La presente cesión la realiza don HUGO ALEXANDER a título gratuito y los señores CARMEN ALEXANDER y JUAN JOSE ALEXANDER aceptan expresamente la misma, manifestando explícita conformidad con la cesión y transferencia objeto de este contrato.—————-

CUARTA: El cedente don HUGO ALEXANDER, transfiere a los cesionarios doña CARMEN ALEXANDER y don JUAN JOSE ALEXANDER, respecto de las cuotas sociales de capital cedidas, todos los derechos de propiedad, posesión y sus accesorios, subrogándolos en los derechos y obligaciones inherentes a las mismas, que podrán ser ejercitados en el tiempo y forma en que lo crean conveniente y ante quienes fuere menester, a partir del día de la fecha.——————————————————————————

QUINTA: El cedente don HUGO ALEXANDER declara que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes, manifestación que la hace bajo su exclusiva responsabilidad.—

SEXTA: Las partes acuerdan que el señor HUGO ALEXANDER conserva para sí el carácter de único Socio Gerente de la Sociedad “A B CONSTRUCCIONES S.R.L.”.——–

SEPTIMA: Las partes confieren en este acto Poder Especial a la Doctora Isolda Calsina, abogada del foro local, para que realice ante el Registro Público de Comercio las tramitaciones y diligencias tendientes a lograr la inscripción del presente contrato, facultando a la mandataria para proponer y/o aceptar las modificaciones y ampliaciones a la presente cesión que fueren menester.————————————————————

OCTAVA: El impuesto de sellos será abonado por ambas partes contratantes, en partes iguales.————————————————————————–

NOVENA: Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de San Salvador de Jujuy, para todos los efectos de este contrato, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiere corresponder y constituyen domicilio en los indicados al comienzo del presente instrumento.——————————————

DECIMA: Presente en este acto la cónyuge del señor Hugo Alexander doña Carmen Gloria Balut, en conocimiento del presente negocio jurídico, presta conformidad al mismo otorgando el asentimiento conyugal previsto en el art. 1277 del Código Civil.—————-

—En prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil cuatro.————————————-

Juan José Alexander

Hugo Alexander

Carmen Alexander

Carmen Gloria Balut

A- Notarial A000310809

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.

San Salvador de Jujuy, 09 de Junio de 2004.

Esc. Nestor Antenor Sanchez Mera

Juez de Comercio de la Provincia de Jujuy

Por habilitación al Juzgado de Comercio

Junio 23