BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 18/06/2004
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº6 SECRETARIA Nº12 de la Provincia de Jujuy en el Expte. Nº B-100863/03 EJECUTIVO CREDIMAS S.A. C/ NIEVA SUSANA CRISTINA hace saber a la demandada SRA. NIEVA SUSANA CRISTINA que se ha dictado el siguiente decreto : San Salvador de Jujuy 202 de abril de 2003 .-A lo solicitado en el escrito que antecede , atento al estado de la causa, y de conformidad con lo dispuesto en el art.478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra de la accionada en el domicilio denunciado , mandamiento de pago , ejecución embargo al Sr. Oficial de Justicia por la suma de $1.107,58 en concepto de capital reclamado, con más de la de $221,51 presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio .En defecto de pago cítese a la nombrada de remate para que en el término de CINCO DÍAS concurra a este Juzgado y Secretaría a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución .En igual plazo que el ante indicado , del pedido de intereses, córrase traslado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Al efecto, comisionese al Sr. Oficial de Justicia , con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Asimismo , intímese al demandado a constituir domicilio legal dentro del radio de los trs kilómetros del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de ser notificado por Ministerio de Ley (Art.52 del Código Procesal Civil) Notifíquese a la accionada por edictos.- Fdo.- Dra. María Cristina Molina Lobos – Juez- por ante mí Dra. Valdecantos.Stría-
Publíquese en un diario de circulación local tres veces durante cinco días .-
SAN SALVADOR DE JUJUY , 22 de abril de 2004-
18/23/25 junio Liq. 37116 $8,70








