BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 18/06/2004

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

E X P E D I E N T E N° 16-0-6803 -00-2.004.-

DECRETO ACUERDO N° 0149.04.009.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 de Junio de 2004.-

VISTO:

Que en fecha 15 de diciembre del año 2.003 este Departamento Ejecutivo se vio en la imperiosa necesidad de Decretar el Estado de Emergencia de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, lo cual se realizó conforme al Expediente N° 10604-00-2.003, Decreto Acuerdo N° 0802.03.009, el que fuera ratificado por Ordenanza N° 3905/2004 y asimismo teniendo en cuenta la Nota producida por la Dirección General de Deuda Publica y Financiamiento Municipal, por medio de la cual, solicita se prorrogue por el término de seis (6) meses, el Proceso de Verificación de la Legitimidad de las Deudas que por todo concepto y naturaleza tenga el Municipio al 13 de diciembre del año 2.003; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1° del citado dispositivo legal establece que dicha declaración operaría durante el término de seis (6) meses, prorrogable por otro período igual y por única vez, facultándolo al Departamento Ejecutivo a dictar el presente acto administrativo;

Que conforme las tareas llevadas a cabo por este Municipio aún no se ha conseguido la verificación total de las deudas que el mismo mantiene, debido a las múltiples y variadas causas que originaron las mismas y la falta de presentación de muchos de sus actuales acreedores a participar en el respectivo proceso;

Que las cuentas bancarias é incluso la misma coparticipación que le corresponde a este Municipio han sido embargados, situación que provoca una profunda crisis y preocupación que supera el mero aspecto económico;

Que en estos primeros meses de gestión Municipal, este Departamento Ejecutivo siguió siendo receptor de las múltiples necesidades de la comunidad, proveyendo sobre las mismas en las medidas de sus posibilidades y estableciendo un índice de prioridades respecto a las que se van cumplimentando, mientras busca establecer proyectos que viabilicen las de mediano o largo plazo, situación empero que se encuentra vinculada al aspecto financiero de este Estado Municipal, excluyendo por completo la mera voluntad de quienes actualmente lo representamos;

Que no obstante el Municipio continúa vivenciando la imposibilidad de cumplir con todas sus múltiples obligaciones destacando frente a dicha situación la racionalización de los escasos recursos de los que dispone;

Que todavía no se han podido revisar la totalidad de los diversos contratos celebrados entre el Municipio y los co-contratantes, a los fines de determinar la validez y vigencia de los mismos, sus formas de pago u otras modalidades a sus efectos;

Que las circunstancias advertidas en el Decreto Acuerdo de referencia, siguen vigentes a la fecha, lo que lleva a este Departamento Ejecutivo a establecer la prórroga de la Emergencia Municipal;

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

EN ACUERDO DE SECRETARIOS

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Por las razones antes invocadas en los considerandos y en el marco de la Emergencia Administrativa y Financiera por la que atraviesa la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, declarada mediante Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia N° 802.03.009, el que fuera ratificado por Ordenanza N° 3905/2004 y asimismo conforme a lo determinado en los Artículos 1° y 12° del mencionado ordenamiento legal, a partir del día 15 de junio de 2.004, prorrógase por el término de seis (6) meses y por única vez el estado de emergencia económica y administrativa en que fuera declarada la Municipalidad de San Salvador de Jujuy , por la grave crisis económica y financiera que la afecta, como así el Proceso de Verificación de la Legitimidad de las deudas que por todo concepto y naturaleza tenga el Municipio al 13 de Diciembre del año 2.003.-

ARTICULO 2°.- A lo fines citados en el Artículo anterior, la Dirección General de Deuda Pública y Municipal, deberá proveer de los medios necesarios para cumplir acabadamente con las funciones que le fueran encomendadas.-

ARTICULO 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial y pase a sus efectos a la Dirección General de Deuda Pública y Financiamiento, Contaduría General, Tesorería General y Secretarías que conforman el gabinete del Departamento Ejecutivo Municipal. Cumplido comuníquese en legal forma al Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy.-

Arq. José Luis Martiarena

Intendente

CPN Rene Vidal Martinez

Sec. Hacienda

Arq. Mario Raúl Mendoza

Sec. Obras y Ss. Públicos

Ing. Guillermo Eduardo Weibel

Sec. De Planificación y Desarrollo

Dr. Martín Sanchez

Sec. Gobierno Acción Social y Cultura

JUNIO 18.- S/C.-