BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 16/06/2004

DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº3, Secretaría Nº5 de la Provincia de Jujuy, en el expte. Nº B-08166/96, caratulado: “INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS EN EXPTE. B-08166/96: EDUARDO CABALLERO Y EDUARDO R. PACHECO C/BARTOLETTI DE MEYER MARIA Y MEYER JUAN VICTOR.- “, se le hace saber a la SRA. MARIA BARTOLTTI DE MEYER Y JUAN VICTOR MEYER, quye se ha dictado la siguiente Resolución que a continuación se transcribe en todas sus partes pertinentes: /// SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DE MAYO DEL 2004.- AUTOS…Y…VISTOS:…RESULTA: …CONSIDERANDO:…RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por los SRES. EDUARDO ALFREDO CABALLERO Y EDUARDO ROBERTO PACHECO, en contra de los SRES. MARIA BARTOLETTI DE MEYER Y JUAN VICTOR MEYER, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($864), con más las costas del juicio y el interés de la tasa pasiva el que deberá calcularse conforme al comunicado N= 14.290 del Banco Central de la República Argentina (libro de Acuerdos N=45, F* 977/978, N=429) de fecha 29 de Octubre del 2002, desde la mora y hasta el efectivo pago. II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). III.- Regular los honorarios profesionales de los DRES. EDUARDO ALFREDO CABALLERO Y EDUARDO ROBERTO PACHECO, en la suma de PESOS: NOVENTA ($90.-) a cada uno respectivamente, por la labor profesional desarrollada en autos. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que sólo en caso de mora, devengarán un interés conforme a la Tasa Pasiva promedio, aplicando la fórmula sugerida por el comunicado Nº14.290 del Banco Central de la República Argentina, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº44 – Fª1239/1242. N=542, más IVA si correspondiere. IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 62 en contra de los SRES. MARIA BARTOLETTI DE MEYER Y JUAN VICTOR MEYER, mediante publicación de Edictos y en el Boletín Oficial y las sucesivas providencias por Ministerio de ley. V.- Agréguese copia en autos, hacer saber, etc. FDO. DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, JUEZ ANTE MI MARTA JOSEFINA BERRAZ DE OSUNA – PROSECRETARIA.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 DE JUNIO del 2004.-

16/18/23 Junio – Liq 37093 – $8,70