BOLETÍN OFICIAL Nº 64 – 04/06/2004
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL – SALA IV CENTRO JUDICIAL SAN PEDRO DE JUJUY
Esc. GUILLERMO GIMENEZ OTERO – Prosecretario de la Cámara Civil y Comercial- Sala IV del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, en Expte. Nº A- 15995/02 caratulado:.- “ORDINARIO POR RESOLUCION CONTRACTUAL E INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS: MARIA DEL MAR LOPEZ CALSINA C/ ENRIQUE FERNANDO BERNABE” , procederá a notificar la siguiente resolución :- En la cuidad de San Pedro de Jujuy , a los veinticuatro días del mes de Julio de 2003 , reunidos los Sres. Miembros de la Sala IV de la Cámara Civil y Comercial Dres. MIGUEL ANGEL MASACESSI – ALBERTO RAUL ALFARO – HUGO ALFREDO BELTRAMO, bajo la Presidencia de Trámite del primero de los nombrados , vieron el Expte. Nº A-15995/02 caratulado:, “ORDINARIO POR RESOLUCION CONTRACTUAL E INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS: MARIA DEL MAR LOPEZ CALSINA C/ ENRIQUE FERNANDO BERNABE”.- El Dr. Alberto Raúl Alfaro dijo que adhiere en un todo al voto emitido por que lo precedió.- El Dr. Hugo Alfredo Beltramo dijo que en igual sentido que los vocales que lo procedieron.- Por ello está Sala IV de la Cámara Civil y Comercial:RESUELVE:1.- Hacer lugar a la demanda de Resolución por Incumplimiento Contractual e Indemnización por Daños y Perjuicios iniciada por María del Mar López Calsina contra Enrique Fernando Bernabé.- Y condenar a este último a abonar la suma de PESOS MIL CIENTO CINCUENTA los que deberán se depositados dentro de los diez días de notificada esta sentencia.- 2.- Los honorarios profesionales deben ser soportados por el demandado Enrique Fernando Bernabé, fijándose en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA para el Dr. Juan Pablo Gomar los que deberán ser depositados en el mismo término que el mencionado anteriormente.- 3.- Notifíquese a las partes C.A.P.S.A.P., agréguese copia en autos, dése cumplimiento con la resolución Nº 443/89 de la D.G.R.., archívese, protocolícese, hágase saber dése copia,etc.- Fdo.: Dr. MIGUEL ANGEL MASACESSI- Vocal Presidente de Trámite, Dres. ALBERTO RAUL ALFARO – HUGO ALFREDO BELTRAMO- Vocales – Ante mi.- Esc. GUILLERMO GIMENEZ OTERO- Prosecretario.” ES COPIA.-
Publíquese por tres (3) veces en cinco días (5) en el Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.-SAN PEDRO DE JUJUY, 14 de Octubre de 2003.
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Junio 2-4-7 Liq. Nº 31988 $8,70








