BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 17/05/2004
DECRETO ACUERDO Nº 787-H/2004.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 DE MARZO DE 2004
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese que a partir del mes de marzo del año 2004, las liquidaciones de haberes del personal de la Administración Pública Provincial deberán realizarse sin los descuentos establecidos en el Decreto Nº 410-E-00, por las razones expresadas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que a partir del mes de marzo del año 2004, las liquidaciones de haberes del personal de la Administración Pública Provincial deberán realizarse sin los descuentos establecidos en el Decreto Nº 413-E-00.
ARTÍCULO 3º.- Hasta tanto la Legislatura de la Provincia apruebe el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2004, autorizase al Ministerio de Hacienda a modificar las partidas presupuestarias que sean necesrias para la efectiva implementación de las disposiciones precedentes.
ARTÍCULO 4º.- Facúltase al Ministerio de Hacienda para dictar las disposiciones reglamentarias que requieran la instrumentación del presente.
ARTÍCULO 5º.- Dese cuenta a la Legislatura de la Provincia con remisión de copia autenticada.
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador
Lic. MIGUEL ALFONSO RIOJA
Ministro de Hacienda
CPN ARMANDO RUBEN BERRUEZO
Ministro de Gobierno, Justicia y Educación
CPN HECTOR OLINDO TENTOR
Ministro de Bienestar Social
Ing. CESAR RENE MACINA
Ministro de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente








