BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 17/05/2004

DECRETO ACUERDO Nº 787-H/2004.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 DE MARZO DE 2004

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese que a partir del mes de marzo del año 2004, las liquidaciones de haberes del personal de la Administración Pública Provincial deberán realizarse sin los descuentos establecidos en el Decreto Nº 410-E-00, por las razones expresadas en el exordio.

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que a partir del mes de marzo del año 2004, las liquidaciones de haberes del personal de la Administración Pública Provincial deberán realizarse sin los descuentos establecidos en el Decreto Nº 413-E-00.

ARTÍCULO 3º.- Hasta tanto la Legislatura de la Provincia apruebe el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2004, autorizase al Ministerio de Hacienda a modificar las partidas presupuestarias que sean necesrias para la efectiva implementación de las disposiciones precedentes.

ARTÍCULO 4º.- Facúltase al Ministerio de Hacienda para dictar las disposiciones reglamentarias que requieran la instrumentación del presente.

ARTÍCULO 5º.- Dese cuenta a la Legislatura de la Provincia con remisión de copia autenticada.

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Gobernador

Lic. MIGUEL ALFONSO RIOJA

Ministro de Hacienda

CPN ARMANDO RUBEN BERRUEZO

Ministro de Gobierno, Justicia y Educación

CPN HECTOR OLINDO TENTOR

Ministro de Bienestar Social

Ing. CESAR RENE MACINA

Ministro de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente