BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 17/05/2004

DECRETO ACUERDO Nº 617-H/2004.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 DE MARZO DE 2004

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase a favor de los agentes de planta permanente y jornalizados dependientes de la administración pública provincial centralizada, descentralizada, sin distinción de escalafón, categoría y cualquiera sea el régimen legal que regule las relaciones laborales, bajo los requisitos y con las únicas excepciones que establece el presente

Decreto, un adicional no remunerativo, no bonificable de PESOS CINCUENTA ($ 50.-) por cargo, a partir del mes de febrero de 2004.

A los fines de la percepción del adiconal por parte del personal docente con remuneración establecida en base a “horas cátedras” la suma de PESOS CINCUENTA ($ 50.-), se percibirá en los casos que acumule quince (15) horas cátedras del nivel medio y doce (12) horas cátedras del nivel terciario.

Ningún agente podrá percibir en concepto de este adicional y/o sus liquidaciones proporcionales, un importe superior al que resulte de la acumulación de dos cargos.

ARTÍCULO 2º.- Teniendo en cuenta el adicional previsto en el Artículo precedente, ningùn agente de la administración pública con cargos de treinta (30) horas semanales de prestación efectiva de servicio, percibirá una remuneración bruta inferior a los PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 350.-), debiendo el Ministerio de Hacienda disponer de las medidas técnicas y administrativas para verifcar la efectiva implementación de esta disposición.

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Gobernador

Lic. MIGUEL ALFONSO RIOJA

Ministro de Hacienda

CPN ARMANDO RUBEN BERRUEZO

Ministro de Gobierno, Justicia y Educación

CPN HECTOR OLINDO TENTOR

Ministro de Bienestar Social

Ing. CESAR RENE MACINA

Ministro de Producción, Infraestructura y Medio Ambiernte