BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 14/05/2004
Dra. GLORIA M. M. PORTAL DE ALBISETTI, Juez habilitada de primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-79465/01, caratulado: PREPARA VIA EJECUTIVA MAS VENTAS S.A. COMPAÑÍA FINANCIERA DEL CAMPO ALICIA”., hace saber a la accionada Sra. DEL CAMPO ALICIA que en el mismo se ha dictado el siguiente decreto que a continuación se transcribe en todas sus partes: DECRETO DE FS. 18 DE AUTOS”. SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 DE SETIEMBRE DE 2.002 .Atento el estado de la causa y constancias de autos, tengasé por expedita la vía ejecutiva. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto por los Art. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérase de PAGO EJECUCION Y EMBARGO a al demandada SRA. ALICIA DEL CAMPO, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON CINCUENTA Y OCHO CTVOS. ($ 673,58) en concepto de capital , con más la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y NUEVE CTVOS. ($ 336,79.) presupuestadas para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada, y en caso de negativa, a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto, requieraselé la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o juez embargante. Asimismo, cíteselo de REMATE, para que dentro de los CINCO DIAS de notificado, oponga excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele TRASLADO a la parte demandada del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, y también por le mismo plazo señalado se intimará a la demandada , para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KM. ,del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P.C.). Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. A tal fin líbrese MANDAMIENTO al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso . Notifíquese Art. 154 del C.P.C. .FDO. DR. ROBERTO SIUFI – JUEZ HABILITADO – ANTE MI : PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA – PROC. SECRETARIA.
Públiquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en el término de cinco días.
PROSECRETARIA: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA .
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de JUNIO de 2003 .-
Mayo 14/17/19 – Liq. 31650 – $ 8,70








