BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 14/05/2004

Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA en lo Civil y Comercial Nº 2 – Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº B-79464/01 Caratulado: “EJECUTIVO MAS VENTAS S.A. CIA FINANCIERA C/BEATRIZ LUCIA QUINTANA”. Por la presente se hace saber que en el Expte. B-79464/01 caratulado: “EJECUTIVO: MAS VENTAS S.A. CIA FINANCIERA C/ BEATRIZ QUINTANA. Se lo notifica de la siguiente PROVIDENCIA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DE JULIO DEL 2.003. Atento a lo solicitado, téngase por expedita la vía ejecutiva en contra de BEATRIZ LUCIA QUINTANA, líbrase mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la misma, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO con SETENTA Y CUATRO CTVOS. ($ 484,74) , en concepto de Capital reclamado, con más la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00), presupuestada para responder a acreditadas e intereses legales el presente juicio. En defecto de pago trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiendosé designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndole la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, y domicilio del o los acreedores. Asimismo, cítesele de REMATE para que dentro del término de los CINCO DIAS de notificado de la presente, comparezca ante este juzgado y secretaria Nº 4 oponer excepciones legítimas si las tuviere bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Asimismo, intímase al demandado, para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KM. del asiento de este juzgado bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.). Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT. Juez ante Mí. Secretaria. Dra. MARIA FLORENCIA CARRILLO . ES COPIA.-

A tal fin Públiquese EDICTOS en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en el término de cinco días haciéndosele saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación y que las copias para traslado se encuentran en Secretaria a su disposición.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Mayo de 2003 .-

Mayo 14/17/19 – Liq. 31649 – $ 8,70