BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 07/05/2004

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

DECRETO N° . 0017.04.007 .-

EXPEDIENTE N° 00046 – 2004 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY 09 ENE. 2004

VISTO:

La Ordenanza N° 3898/2003, sancionada por el Consejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2003, referente a la modificación del Código Tributario Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo informado por la Dirección General de Rentas de esta Municipalidad de San Salvador de Jujuy, no existe impedimento alguno para proceder a la promulgación de dicha norma, por lo que se hace necesario emitir el pertinente instrumento legal en tal sentido;

Por ello, y haciendo uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza Municipal N° 3898/2003 sancionada por el Consejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2003, referente a la modificación del Código Tributario Municipal.-

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3898/2003, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, C. P. N. RENÉ VIDAL MARTÍNEZ, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-1994.-

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y pase a sus efectos a la Dirección General de Rentas y a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo para notificación de la totalidad de Unidades de Organización que de cada una de ellas dependan.

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA.

Intendente Municipalidad de S.S. de Jujuy.