BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 07/05/2004

DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ, JUEZ HABILITADA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE LA PCIA. DE JUJUY, SECRETARIA Nº 3, en el Expte. Nº B-83971/02: EJECUTIVO P. VIA: BARONE S.A. c/ NICOLAS RAUL CARO, se le hace saber al demandado SR. NICOLAS RAUL CARO, que se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 9 de Marzo del 2004. Conforme a las constancia de autos y a lo solicitado por la actora en el escrito que antecede, hágase efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra del demandado Sr. Nicolás Raúl Caro, en el domicilio denunciado y téngase por expedita la vía ejecutiva en su contra, librándose mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS TRESCIENTOS DIECINUEVE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS CTVS. ($ 319,68), con mas la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS($482,00), presupuestada para responder a las accesorias legales y costas del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad del nombrado y que serán denunciados en el acto, hasta cubrir ambas cantidades designándose Depositario Judicial al propio afectado y o persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y las formalidades de ley, requiriéndose manifestación al demandado sobre prendas y otros gravámenes que registra el bien, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante. Al efecto comisionase al Sr. Oficial de Justicia con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerzo publica si fuere necesario. Asimismo, citase al demandado de REMATE para que en el término de CINCO DIAS de notificado, concurra ante este Juzgado, a oponer excepciones si las tuviere y constituya domicilio legal dentro del radio de los 3Km.,del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución y considerarlo notificado por Ministerio de Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten Art. 52 del CPC. Notifíquese por Edictos a las partes pertinentes de la presente providencia a sus efectos. Notifíquese. Art. 154 del CPC. FDO. DRA. NORA BEATRIZ GUTIERREZ, JUEZ HABILITADA, ante mi: DRA. NORA AIZAMA, SECRETARIA. Es Copia. Publíquese en el Boletín Oficial y diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.

Secretaria Nº 3, 12 de marzo de 2004.

May.3/5/7-Liq.31751-$8,70