BOLETIN OFICIAL Nº 63 – 29/05/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 436/2026.-
REF. “CAMPAÑA DE DIFUSIÓN SOBRE CÁNCER DE OVARIO EN TURNOS GINECOLÓGICOS”. (EXPTE 60–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).
VISTO Y CONSIDERANDO;
La necesidad de fortalecer la prevención del cáncer de ovario mediante estrategias de comunicación directa en el sistema de salud, y;
Que, el cáncer de ovario presenta una alta tasa de mortalidad debido a la dificultad en su diagnóstico temprano;
Que, muchas mujeres concurren a controles ginecológicos sin contar con información suficiente sobre esta enfermedad;
Que, el momento de la consulta médica constituye una oportunidad estratégica para brindar información preventiva de manera directa, personalizada y efectiva;
Que, la incorporación de campañas de difusión en los turnos ginecológicos permite optimizar los recursos existentes sin generar costos estructurales significativos;
Que, el acceso a información clara y comprensible mejora la adherencia a controles médicos y favorece la detección precoz;
Que, el Estado Municipal debe implementar acciones innovadoras que fortalezcan el sistema de salud desde un enfoque preventivo;
Que, la difusión dentro de los establecimientos de salud garantiza el alcance a la población objetivo de manera inmediata;
Que, resulta necesario institucionalizar esta práctica para asegurar su continuidad en el tiempo;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo la “Campaña de Difusión sobre Cáncer de Ovario en Turnos Ginecológicos”.
Artículo 2º-. La presente ordenanza está destinada a brindar información preventiva a pacientes durante la atención en servicios de salud.
Artículo 3º-. Es objetivo general del Programa: Fortalecer la prevención del cáncer de ovario mediante la difusión de información durante los controles ginecológicos.
Artículo 4º-. Serán objetivos específicos del Programa:
- Informar a las pacientes sobre síntomas y factores de riesgo.
- Promover la consulta temprana ante signos de alerta.
- Incorporar la prevención como parte de la atención médica habitual.
- Mejorar el acceso a información confiable y clara.
- Generar conciencia sobre la importancia de los controles periódicos.
Artículo 5º-. La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será el Área de Salud de la Municipalidad de Puesto Viejo.
Artículo 6º-. Serán tareas de la Autoridad de Aplicación:
- Diseñar materiales gráficos y digitales para su distribución en centros de salud.
- Incorporar información preventiva en salas de espera y consultorios
- Capacitar al personal de salud para la correcta transmisión de la información.
- Garantizar que cada paciente reciba información durante su turno ginecológico.
- Supervisar el cumplimiento de la campaña en todos los efectores de salud municipales.
- Actualizar periódicamente el contenido informativo.
- Promover el uso de soportes audiovisuales cuando sea posible.
- Evaluar el alcance e impacto de la campaña.
Artículo 7º-. La campaña deberá implementarse en todos los centros de salud municipales que brinden atención ginecológica.
Artículo 8º-. El Departamento Ejecutivo podrá ampliar la campaña mediante redes sociales, medios locales y actividades comunitarias.
Artículo 9º-.DE FORMA.-
SALA DE SESIONES, 07 DE MAYO DE 2026.-
Marcelo Eduardo López
Presidente








