BOLETIN OFICIAL Nº 63 – 29/05/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 435/2026.-

REF. “PROGRAMA MUNICIPAL DE CHARLAS INFORMATIVAS SOBRE EL CÁNCER DE OVARIO”. (EXPTE 60–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La conmemoración del 8 de mayo como día de concientización sobre el cáncer de ovario, y;

Que, el cáncer de ovario constituye una de las principales causas de muerte por enfermedades oncológicas ginecológicas, debido principalmente a su diagnóstico tardío;

Que, esta patología es conocida como una “enfermedad silenciosa”, ya que en sus primeras etapas presenta síntomas inespecíficos que dificultan su detección temprana;

Que, la falta de información y concientización en la población genera una baja tasa de consultas preventivas y controles ginecológicos regulares;

Que, la educación sanitaria comunitaria es una herramienta fundamental para la prevención, permitiendo que las mujeres reconozcan signos de alerta y accedan oportunamente al sistema de salud;

Que, el Estado Municipal, en su rol de garante del derecho a la salud, debe promover políticas públicas orientadas a la prevención, información y promoción de hábitos saludables;

Que, la realización de charlas informativas en ámbitos comunitarios, educativos e institucionales contribuye a reducir factores de riesgo y a fortalecer la detección precoz;

Que, resulta necesario generar espacios de formación accesibles, inclusivos y periódicos, destinados a la comunidad en general, con especial énfasis en mujeres en edad adulta;

Que, la implementación de un programa municipal permitirá una planificación sostenida en el tiempo, articulando acciones con centros de salud, instituciones educativas y organizaciones sociales;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el Programa Municipal de Charlas Informativas sobre el Cáncer de Ovario”.

Artículo 2º-. El presente programa está destinado a la concientización, prevención y promoción de la salud en la comunidad.

Artículo 3º-. Es objetivo general del Programa: Promover el conocimiento y la prevención del cáncer de ovario mediante acciones educativas que favorezcan la detección temprana y el acceso oportuno a controles de salud.

Artículo 4º-. Serán objetivos específicos del Programa:

  • Informar a la población sobre factores de riesgo, síntomas y medidas preventivas.
  • Fomentar la realización de controles ginecológicos periódicos.
  • Sensibilizar a la comunidad sobre la importancia del diagnóstico precoz.
  • Capacitar a agentes comunitarios y promotores de salud.
  • Generar espacios de diálogo y consulta accesibles para la población.

Artículo 5º-. La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será el Área de Salud de la Municipalidad de Puesto Viejo.

Artículo 6º-. Serán tareas de la Autoridad de Aplicación:

  • Diseñar e implementar un cronograma anual de charlas informativas.
  • Coordinar con centros de salud, hospitales, instituciones educativas y organizaciones sociales la realización de las actividades.
  • Garantizar que las charlas sean brindadas por profesionales capacitados.
  • Elaborar y distribuir material informativo accesible y actualizado.
  • Promover la participación comunitaria en todas las actividades del programa.
  • Capacitar agentes sanitarios y promotores territoriales.
  • Evaluar periódicamente el impacto del programa mediante indicadores de participación y alcance.
  • Articular con organismos provinciales y nacionales en materia de salud.

Artículo 7º-. Las charlas deberán realizarse en forma periódica en distintos puntos del municipio, priorizando barrios con mayor vulnerabilidad social.

Artículo 8º-. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar la amplia difusión del programa a través de medios de comunicación locales, redes sociales y canales institucionales.

Artículo 9º-. DE FORMA.-

SALA DE SESIONES, 07 DE MAYO DE 2026.-

Marcelo Eduardo López

Presidente