BOLETIN OFICIAL Nº 63 – 29/05/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 435/2026.-
REF. “PROGRAMA MUNICIPAL DE CHARLAS INFORMATIVAS SOBRE EL CÁNCER DE OVARIO”. (EXPTE 60–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).
VISTO Y CONSIDERANDO;
La conmemoración del 8 de mayo como día de concientización sobre el cáncer de ovario, y;
Que, el cáncer de ovario constituye una de las principales causas de muerte por enfermedades oncológicas ginecológicas, debido principalmente a su diagnóstico tardío;
Que, esta patología es conocida como una “enfermedad silenciosa”, ya que en sus primeras etapas presenta síntomas inespecíficos que dificultan su detección temprana;
Que, la falta de información y concientización en la población genera una baja tasa de consultas preventivas y controles ginecológicos regulares;
Que, la educación sanitaria comunitaria es una herramienta fundamental para la prevención, permitiendo que las mujeres reconozcan signos de alerta y accedan oportunamente al sistema de salud;
Que, el Estado Municipal, en su rol de garante del derecho a la salud, debe promover políticas públicas orientadas a la prevención, información y promoción de hábitos saludables;
Que, la realización de charlas informativas en ámbitos comunitarios, educativos e institucionales contribuye a reducir factores de riesgo y a fortalecer la detección precoz;
Que, resulta necesario generar espacios de formación accesibles, inclusivos y periódicos, destinados a la comunidad en general, con especial énfasis en mujeres en edad adulta;
Que, la implementación de un programa municipal permitirá una planificación sostenida en el tiempo, articulando acciones con centros de salud, instituciones educativas y organizaciones sociales;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el Programa Municipal de Charlas Informativas sobre el Cáncer de Ovario”.
Artículo 2º-. El presente programa está destinado a la concientización, prevención y promoción de la salud en la comunidad.
Artículo 3º-. Es objetivo general del Programa: Promover el conocimiento y la prevención del cáncer de ovario mediante acciones educativas que favorezcan la detección temprana y el acceso oportuno a controles de salud.
Artículo 4º-. Serán objetivos específicos del Programa:
- Informar a la población sobre factores de riesgo, síntomas y medidas preventivas.
- Fomentar la realización de controles ginecológicos periódicos.
- Sensibilizar a la comunidad sobre la importancia del diagnóstico precoz.
- Capacitar a agentes comunitarios y promotores de salud.
- Generar espacios de diálogo y consulta accesibles para la población.
Artículo 5º-. La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será el Área de Salud de la Municipalidad de Puesto Viejo.
Artículo 6º-. Serán tareas de la Autoridad de Aplicación:
- Diseñar e implementar un cronograma anual de charlas informativas.
- Coordinar con centros de salud, hospitales, instituciones educativas y organizaciones sociales la realización de las actividades.
- Garantizar que las charlas sean brindadas por profesionales capacitados.
- Elaborar y distribuir material informativo accesible y actualizado.
- Promover la participación comunitaria en todas las actividades del programa.
- Capacitar agentes sanitarios y promotores territoriales.
- Evaluar periódicamente el impacto del programa mediante indicadores de participación y alcance.
- Articular con organismos provinciales y nacionales en materia de salud.
Artículo 7º-. Las charlas deberán realizarse en forma periódica en distintos puntos del municipio, priorizando barrios con mayor vulnerabilidad social.
Artículo 8º-. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar la amplia difusión del programa a través de medios de comunicación locales, redes sociales y canales institucionales.
Artículo 9º-. DE FORMA.-
SALA DE SESIONES, 07 DE MAYO DE 2026.-
Marcelo Eduardo López
Presidente








