BOLETIN OFICIAL Nº 63 – 29/05/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 434/2026.-
REF. “PROGRAMA MUNICIPAL DE CAPACITACIÓN EN DETECCIÓN TEMPRANA DE SALUD MENTAL MATERNA”. (EXPTE 60–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).
VISTO Y CONSIDERANDO;
La necesidad de fortalecer las políticas públicas locales en materia de salud mental materna y atención primaria de la salud, y;
Que, la salud mental materna constituye un componente esencial del bienestar integral de las mujeres durante el embarazo, el parto y el puerperio.
Que, los trastornos de salud mental en el período perinatal, como la depresión posparto, la ansiedad y otros cuadros emocionales, pueden afectar tanto a la madre como al desarrollo del niño.
Que, la detección temprana de estas situaciones resulta fundamental para garantizar un abordaje oportuno y evitar complicaciones a corto y largo plazo.
Que, en muchos casos estas problemáticas no son identificadas a tiempo debido a la falta de capacitación específica en el primer nivel de atención.
Que, los agentes sanitarios desempeñan un rol clave en el territorio, siendo el primer vínculo entre el sistema de salud y la comunidad.
Que, su cercanía con las familias les permite detectar señales de alerta que podrían pasar desapercibidas en otros niveles del sistema sanitario.
Que, la capacitación breve, continua y focalizada constituye una herramienta eficaz y de bajo costo para mejorar la calidad de atención.
Que, el fortalecimiento de capacidades en el recurso humano existente permite optimizar el funcionamiento del sistema de salud sin necesidad de generar nuevas estructuras.
Que, el Estado Municipal tiene la responsabilidad de promover políticas de prevención y cuidado de la salud con enfoque integral.
Que, resulta necesario implementar acciones concretas que permitan mejorar la detección temprana y el acompañamiento de mujeres en situación de vulnerabilidad emocional.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el Programa Municipal de Capacitación en Detección Temprana de Salud Mental Materna.
Artículo 2º-. El presente programa tiene por objeto fortalecer la detección temprana de problemáticas de salud mental materna mediante la capacitación de agentes sanitarios.
Artículo 3º-. Es objetivo general del Programa: Mejorar la capacidad de respuesta del sistema de salud local en la detección y abordaje temprano de situaciones de salud mental materna.
Artículo 4º-. Son objetivos específicos:
- Capacitar a agentes sanitarios en salud mental perinatal.
- Facilitar la identificación de signos de alerta temprana.
- Promover el acompañamiento adecuado a mujeres gestantes y puérperas.
- Fortalecer el primer nivel de atención en salud.
- Mejorar la articulación con otros niveles del sistema sanitario.
Artículo 5º-. La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será el Área de Salud de la Municipalidad de Puesto Viejo.
Artículo 6º-. Serán tareas de la Autoridad de Aplicación:
- Diseñar e implementar las capacitaciones.
- Convocar y coordinar la participación de agentes sanitarios.
- Elaborar materiales formativos básicos.
- Articular con profesionales de la salud cuando sea necesario.
- Realizar seguimiento y evaluación del programa.
- Promover la actualización periódica de contenidos.
Artículo 7º-. DE FORMA.-
SALA DE SESIONES, 07 DE MAYO DE 2026.-
Marcelo Eduardo López
Presidente








