BOLETIN OFICIAL Nº 61 – 22/05/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO.-
ORDENANZA N° 1.983/2.026
REF.: “AMPLIACIÓN DE LA ILUMINACIÓN EN RUTA PROVINCIAL N°53 DESDE COLEGIO SECUNDARIO N°38 DE LAS PAMPITAS HASTA CAPILLA SAN CARLOS CON LA CORRECTA INSTALACIÓN DE ARTEFACTOS ELÉCTRICOS Y RESPECTIVAS SEÑALIZACIONES VIALES.” EXPTE. 12.720/26 INIC. POR EL CJAL. CRISTIAN ALBERTO VALDIVIEZO
VISTO:
La carta Orgánica en atribuciones del Concejo Deliberante en materias de obras y servicios públicos en Articulo 53 inc. N° 11: “Reglamentar las reparaciones y mejora de los bienes de uso público y de las vías de circulación, calzadas, y caminos que correspondan a la jurisdicción municipal”.
La carta Orgánica Articulo 70 inc. N° 12: “En general, velar por la seguridad pública adoptando las medidas pertinentes dentro de su competencia y las establecidas en esta Carta Orgánica”,
La necesidad de dotar de iluminación y señalización a la curva por la Ruta 53 y también de la ampliación de la iluminación desde el colegio secundario N°38 de Las Pampitas Hasta la Capilla San Carlos para evitar siniestros viales y:
CONSIDERANDO:
Que, este sector es utilizado por los residentes de la zona de Las Pampitas y que, al llegar la noche, dicho área se torna sumamente oscura;
Que, es de conocimiento general que la falta de iluminación referida no solo favorece la realización de delitos, sino que también representa un riesgo para el tránsito vehicular, ya que la visibilidad de los peatones es casi inexistente, lo que podría derivar en accidentes de tráfico;
Así mismo, es esencial gestionar mejoras en la señalización de la Ruta Provincial 53, como la inclusión de carteles sobre la velocidad máxima permitida, escuelas, desvíos, entre otros, debido a que la señalización es insuficiente o se encuentra muy deteriorada. Por ello, es necesario que se autorice también esta gestión;
Que, considerando la situación expuesta y por razones fundadas de SEGURIDAD PÚBLICA, es imperativo que el Departamento Ejecutivo adopte las medidas necesarias para abordar esta problemática.
Que, recientemente, estamos participando del Gran Jujuy, donde se prevé la disponibilidad de un convenio y/o fondos para llevar a cabo dicha mejora.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO
ORDENA
ARTICULO 1: “ORDÉNESE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones en la Secretaria de Energía y Vialidad de la provincia o ante quien corresponda para realizar la AMPLIACIÓN DE LA ILUMINACIÓN EN RUTA PROVINCIAL N° 53 DESDE COLEGIO SECUNDARIO N° 38 DE LAS PAMPITAS HASTA CAPILLA SAN CARLOS CON LA CORRECTA INSTALACIÓN DE ARTEFACTOS ELÉCTRICOS Y RESPECTIVAS SEÑALIZACIONES VIALES, conforme mapas que se adjunta como anexo 1.
ARTÍCULO 2: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a gestionar los fondos necesarios ante los Organismos del Gobierno Nacional y/o Provincial para la ejecución de las obras dispuesto en el Artículo 1º. En caso de NO obtenerse los fondos de los Organismos correspondientes; El Departamento Ejecutivo queda facultado a realizar la Ejecución de la misma con los Recursos Ordinarios y/o Extraordinarios del Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, Regístrese. Publíquese. Cumplido. ARCHIVESE.
SALA DE SESIONES, 16 DE ABRIL DE 2.026
Mario Alfredo Abraham
Presidente








