BOLETIN OFICIAL Nº 61 – 22/05/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO.-
ORDENANZA N° 1.972/2.026
REF.: “SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN VEHICULAR EN CALLES ESCOLÁSTICO ZEGADA Y SARMIENTO DEL BARRIO PROGRESO”. EXPTE. N° 12.688/26 -INIC. POR CJAL PASCUAL CÉSAR FICOSECO.
VISTO:
La nota presentada con fecha 6 de febrero de 2026 por los comerciantes y vecinos de las calles Escolástico Zegada y Sarmiento; la necesidad de reordenar el tránsito ante el incremento vehicular por la Feria Minorista; y las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal en sus Art. 53 inc. 2 y Art. 55 inc. 17; y
CONSIDERANDО:
Que, los vecinos y comerciantes del sector han manifestado formalmente su preocupación por el caos vehicular y el estacionamiento sin control, lo cual agrava la situación de los microbasurales y la higiene urbana.
Que, el Barrio Progreso presenta una elevada circulación vehicular debido a su ubicación y a la realización periódica de la Feria Minorista, generando congestión, dificultades en la circulación y riesgo para conductores;
Que, el estacionamiento desordenado en doble mano y la falta de un sentido único de circulación en las calles Escolástico Zegada y Sarmiento generan una congestión crítica que impide el normal desplazamiento de los servicios esenciales; específicamente el camión de recolección de residuos, el cual se ve imposibilitado de realizar su recorrido habitual en días de feria, provocando una acumulación indeseada de desechos que deriva en la formación de microbasurales, afectando la salubridad de los vecinos y comerciantes.
Que, para optimizar el flujo vehicular, es técnicamente necesario establecer un sentido único de circulación que ordene el ingreso y egreso al sector.
Que, resulta necesario adoptar medidas permanentes de ordenamiento vial que contribuyan a mejorar la seguridad, el orden urbano y la convivencia ciudadana.
Que, es deber del municipio garantizar el ordenamiento vial y la seguridad de los ciudadanos mediante normativas modernas y eficientes.
Por todo ello
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO
ORDENA:
ARTICULO 1º: SENTIDO ÚNICO. ESTABLÉZCASE con carácter de sentido único de circulación vehicular a las siguientes arterias del Barrio Progreso: Calle Escolástico Zegada: el sentido quedará orientado, desde Avenida La Bandera hacia calle Paraguay. Calle Sarmiento: el sentido quedará orientado, desde la calle Paraguay hacia la avenida Bolivia
ARTÍCULO 2°: PROHIBICIONES. PROHÍBASE el estacionamiento de vehículos sobre el margen izquierdo según el sentido de circulación establecido en el Artículo 1°. Asimismo, prohíbase la colocación de cartelería, exhibidores o cualquier tipo de propaganda comercial que obstaculice el libre tránsito por la calzada, bajo pena de las sanciones previstas en el Código de Faltas Municipal.
ARTÍCULO 3°: SEÑALIZACIÓN. EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a través del área de Tránsito, procederá a la instalación de la cartelería indicativa de sentido de circulación.
ARTÍCULO 4°: AUTORIDAD DE APLICACIÓN. Desígnase como autoridad de aplicación a la Dirección de Tránsito y Transporte, la cual podrá establecer un periodo de concientización de quince (15) días previo a la aplicación de multas.
ARTÍCULO 5°: SANCIONES. Las infracciones a la presente serán sancionadas conforme a las disposiciones del Código Municipal de Faltas.
ARTÍCULO 6°: DEROGAR la Ordenanza 127/1996 y cualquier otra norma que se anteponga a la presente
ARTICULO 7°: SE ADJUNTA al presente proyecto CROQUIS del reordenamiento vehicular de la calle escolástico zegada y sarmiento
ARTÍCULO 8°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal. Regístrese, publíquese y archívese
SALA DE SESIONES, 09 DE ABRIL DE 2.026
Mario Alfredo Abraham
Presidente
ANEXO
Mario Alfredo Abraham
Presidente








