BOLETÍN OFICIAL Nº 10 – 25/02/2005

COMISIÓN MUNICIPAL DE SANTA ANA

Calle Central S/N – Santa Ana – Depto. Valle Grande

ORDENANZA N° 001/2005 CMSA.-

VISTO

Las disposiciones de Ley Orgánica de Municipios N ° 4466/89 y sus modificatorias y las reglamentaciones efectuadas a las mismas.-

CONSIDERANDO

La necesidad de ordenar el pago de remuneraciones del estamento personal de ejido, a efectos de informar los gastos efectuados en concepto del pago de la mano de obra utilizada en las obras y construcciones que se lleven adelante.-

Que, de la misma manera es facultad indelegable de este órgano, dictar las disposiciones que sean necesarias a efectos de justificar los egresos de sus recursos.-

Que, por otro lado este funcionario debe contar con un adecuado control y poder de supervisión sobre todas la planta transitoria que se utiliza en la ejecución de los programas y proyectos que son financiados por organismo nacionales y provinciales.-

Que, es necesario a su ves, que los empleados conozcan cabalmente, a cuantos asciende las sumas con lo cual esta Comisión se compromete en contraprestación de la ejecución de manos de obras jornalizada.-

POR ELLO

El Honorable Consejo Comunal de la

COMISIÓN MUNICIPAL DE SANTA ANA

Dicta la siguiente Ordenanza

Artículo 1°: Fijar de manera general que el monto a abonar por parte de esta Comisión Municipal en contraprestación de los jornales que son ocupados por la misma en la suma diaria y por persona de PESOS DIEZ ($ 10,00).-

Artículo 2°: Realizar la comunicación correspondiente al Departamento de Personal de este municipio al igual que a su Tesorería Municipal, y ala Tribunal de Cuenta de la Provincia, a sus efectos.-

Articulo 3°: De forma, comuníquese, archívese, publíquese.-

Santa Ana, Departamento Valle Grande Lunes 24 de Enero de 2005.-

SANTOS LUERE

Presidente

Comisión Municipal de Santa Ana

25 Febrero