BOLETÍN OFICIAL Nº 7 – 18/02/2005

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

E X P E D I E N T E N° 16-0-18634-00-2.004.-

DECRETO N° 0054.05.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Enero 2005.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4105/2004, sancionada en insistencia por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 16 de Diciembre de 2004, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 45° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3898/2003), se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza, que efectúa la Empresa LIMSA S.A., a la Asociación “Pan de los Pobres” del Hogar San Antonio, por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 01, Manzana 80, Padrón N° A-000129/000, ubicado en calle Patricias Argentinas N° 611 del Barrio Centro, de esta Ciudad, correspondiente al período 2004.

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

18 FEB. S/C