BOLETÍN OFICIAL Nº 7 – 18/02/2005
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
E X P E D I E N T E N° 16-0-19015-00-2.004.-
DECRETO N° 0058.05.007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Enero 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4094/2004 (Insistencia), sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de Diciembre de 2004, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 45° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3898/2003), se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza, que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Señor LEONARDO ZELAYA PADILLA, por el inmueble de su propiedad individualizado como Circunscripción 1, Sección 5, Lote 28, Manzana 159, Padrón N° A-17.239/000, ubicado en calle La Posta N° 18 del Barrio Los Perales de esta Ciudad, correspondiente al año 1995 al 2001; por ser una persona de escasos recursos económicos.
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
18 FEB. S/C








