BOLETÍN OFICIAL Nº 7 – 18/02/2005
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
E X P E D I E N T E N° 16-0-19008-00-2.004.-
DECRETO N° 0052.05.007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Enero 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4103/2004 (Insistencia), sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de Diciembre de 2004, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 45° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3898/2003), se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza, que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Señor POLICARPO FENANDEZ, por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 12b6, Manzana 4, Padrón N° A-12.807/000, Sección 1, Circunscripción 1, ubicado en Avenida Doctor José Humberto Martiarena N° 217 de esta Ciudad, correspondiente a los periodos 2002, 2003 y 2004.
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
18 FEB. S/C








