BOLETÍN OFICIAL Nº 7 – 18/02/2005

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE N° 19007 – 00 – 2.004.-

DECRETO N° 0051.05.007 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 ENERO 2005.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4106/2.004, sancionada en Insistencia por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de Diciembre de 2.004, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/2.003), se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzadas, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Señor HECTOR TOMAS ZEBALLOS, por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 3, Manzana 221, Padrón A-85471, Sección 12, Circunscripción 1, ubicado en el Pasaje 18 N° 274 del Barrio Coronel Arias de esta Ciudad; correspondiente a los períodos 1.996, 1.997, 1.998, 1.999, 2.000, 2.001 y 2.002.-

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

18 FEB. S/C