BOLETÍN OFICIAL Nº 7 – 18/02/2005

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE N° 19003 – 00 – 2.004.-

DECRETO N° 0050.05.007 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 ENE. 2005

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4.109/2.004 sancionada en Insistencia por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de Diciembre de 2.004, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/2.003), se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzadas, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la Empresa LIMSA S.A., a la Sra. ELENA RITA VELIZ, por el inmueble de su propiedad individualizado como Circunscripción 1, Sección 18, Lote 19, Manzana S, Padrón A-9317, ubicado en calle José de la Iglesia N° 1471 del Barrio Cuyaya de esta Ciudad; correspondiente a los períodos 1.992, 1.993, 1.994, 1.995, 1.996, 1.997, 1.998, 1.999, 2.000, 2.001, 2.002, 2.003 y 2.004, por ser persona de escasos recursos económicos.-

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

18 FEB. S/C