BOLETÍN OFICIAL Nº 5 – 14/02/2005

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE N° 18969 – 00 – 2.004.-

DECRETO N° 0110.05.007 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 ENE. 2005

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza Municipal N° 4.189/2.004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 28 celebrada el día 22 de Diciembre de 2.004, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/03) en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios a la Sra. GRACIELA CUEVAS por el inmueble de su propiedad individualizado como: Circunscripción 1, Sección 10, Lote 8, Manzana 191, Padrón A-70035, ubicado en Peatonal 32 N° 576, 560 viviendas del Barrio San Pedrito, correspondiente a los períodos 2.000, 2.001, 2.002 y 2.003, por ser persona de escasos recursos económicos.-

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

14 FEB. S/C