BOLETÍN OFICIAL Nº 5 – 14/02/2005

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE N° 13992 – 00 – 2.004.-

DECRETO N° 0131.05.007 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 FEB. 2005

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza Municipal N° 4070/2.004 sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 17 de Septiembre de 2.004, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios al Sr. JOSE CASTRILLO BALDIVIEZO por el inmueble de su propiedad individualizado como: Circunscripción 1, Sección 12, Lote 01, Manzana 222, Padrón A-85275 ubicado en calle Peatonal 23 N° 215 1° Piso “B” del Barrio Coronel Arias de esta Ciudad, correspondiente al año 2.004, por ser persona de escasos recursos.-

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

14 FEB. S/C