BOLETÍN OFICIAL Nº 5 – 14/02/2005

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

E X P E D I E N T E N° 16-0-18961-00-2.004.-

D E C R E T O N° 0035.05.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Enero 2005.-

EL INTENDENTE INTERINO

DE LA MUNICIPALIDAD DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.– Vetar en todas sus partes la Ordenanza N° 4181/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de Diciembre de 2004, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/03) en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios al Señor AGUSTÍN GASPAR, por el inmueble de su propiedad, individualizado como Circunscripción 1, Sección 12, Lote 13, Manzana 218, Padrón N° 68586, ubicado en calle Haití N° 510 del Barrio Alto Gorriti; correspondiente a los periodos 2.002, 2.003 y 2.004 por ser persona de escasos recursos económicos.

DR. PABLO LOZANO

INTENDENTE INTERINO

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

14 FEB. S/C