BOLETÍN OFICIAL Nº 5 – 14/02/2005
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
E X P E D I E N T E N° 16-0-18961-00-2.004.-
D E C R E T O N° 0035.05.007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Enero 2005.-
EL INTENDENTE INTERINO
DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.– Vetar en todas sus partes la Ordenanza N° 4181/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de Diciembre de 2004, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/03) en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios al Señor AGUSTÍN GASPAR, por el inmueble de su propiedad, individualizado como Circunscripción 1, Sección 12, Lote 13, Manzana 218, Padrón N° 68586, ubicado en calle Haití N° 510 del Barrio Alto Gorriti; correspondiente a los periodos 2.002, 2.003 y 2.004 por ser persona de escasos recursos económicos.
DR. PABLO LOZANO
INTENDENTE INTERINO
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
14 FEB. S/C








