BOLETÍN OFICIAL Nº 4 – 11/02/2005
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPEDIENTE N° 16 – 14234 – 2004.-
DECRETO N° 1093 . 04 . 036 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 DIC. 2004
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Declárase la caducidad de pleno derecho del contrato de concesión de uso suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE S. S. DE JUJUY y el Sr. MANUEL ANGEL OSVALDO RODRIGUEZ, instrumentado mediante contrato de concesión de fecha 30 de mayo de 2003, y aprobando mediante Decreto N° 1.009.03.006 de fecha 2 de Setiembre de 2003.-
ARTICULO 2°.- Intímase al concesionario, a que en el plazo perentorio de CINCO (5) días de notificado del presente dispositivo legal, proceda a desocupar los locales individualizados como L-01, 02 y 03 y unificados como L-01, a los fines del contrato, debiéndose hacer entrega de las llaves al Director General de Administración de Mercados, en las mismas condiciones de uso y conservación en los recibiera, con todos los accesorios e instalaciones completas y funcionando, bajo apercibimiento de disponer sin mas la clausura comercial del local e iniciar juicio de desalojo.-
ARTICULO 3°.- Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, dispónese que por Asesoría Legal, se realicen las presentaciones ante la Justicia del Crimen, denunciando los hechos a los fines de que se investiguen los mismos, se determine si ellos tipifican ilícito penal y se sancione a los autores, cómplices por omisión y demás responsables.-
ARTICULO 4°.- La Dirección de Servicios Eléctricos, deberá determinar los importes adeudados en concepto de servicio consumido durante todo el período de ocupación de los locales y cuantificado que fuere, se remitirán las actuaciones a Asesoría Legal para iniciar las acciones judiciales correspondientes.-
ARTICULO 5°.- Por Dirección General de Administración de Mercados, procédase a la efectiva notificación del presente Decreto, al señor MANUEL ANGEL OSVALDO RODRIGUEZ –D.N.I. N° 7.075.152.-
ARTICULO 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial y dése a conocer a la Dirección General de Administración de Mercados, Dirección General de Control Comercial e Industrial, Dirección de Servicios Eléctricos y a Asesoría Legal.
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
11 FEB. S/C








