BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 09/02/2005

MUNICIPALIDAD LDOR. GRAL. SAN MARTIN

ORDENANZA Nº 2781/04

VISTO:

El CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y PAGO celebrado el 02 de febrero de 2.004 ente el Municipio de Libertador General San Martín y el “ Sindicato de Empleados y Obreros Municipales de Libertador General San Martín” (SEOML), y

CONSIDERANDO

Que la deuda allí determinada surgió de la tramitación del Expediente Nº A-10.305/00, caratulado: “Apremio: Sindicato de Empleados y Obreros Municipales c/ Municipalidad de Libertador General San Martín” y agregados por cuerda floja, con más sus intereses de ley, costos y costas, conforme sentencia firme;

Que mediante dicho Convenio se ha establecido la forma de pago de los conceptos adeudados, con plazos a varios años y sin intereses, lo que resulta sumamente beneficioso para el Municipio;

Que asimismo mediante dicho Convenio se reconocen por parte del Gremio los importes pagados al Sr. MIGUEL ANGEL JIMÉNEZ o a su sector y/o a terceros vinculados o autorizados por el mismo o su sector, con iguales intereses a los pautados en la sentencia obrante en el expediente principal, lo que evita que el Municipio deba pagar nuevamente dichos importes al Gremio y que ascienden por capital, a la suma de $ 83.000.- (ochenta y tres mil pesos) aproximadamente;

Que asimismo el Convenio ha sido ratificado por este Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decreto Nº 013.659-R.G./04 de fecha 03 de febrero de 2.004, y homologado judicialmente por el Sr. Juez actuante en la causa mediante sentencia homologatoria del día 22 de marzo de 2.004;

Que si bien el Convenio fue cuestionado por un sector gremial, dicho cuestionamiento ha quedado sin efectos a partir de la Resolución Nº 710 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación de fecha 04 de octubre de 2.004, y que textualmente dice: “ Art. 1.- Hácese lugar al recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por Don Eugenio Helvecio TORRES ( M. I. Nº 13.189.112), contra la providencia resolutiva de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, de fecha 11 de febrero de 2.004.- Art. 2º .- Declárase la nulidad de la reunión de la ex – Comisión Directiva de fecha 1º de octubre de 2.003 del SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS MUNICIPALES DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN DE LA PROVINCIA DE JUJUY, e ineficaces los actos posteriores que resulten ser su consecuencia.- Art. 3º.- ….. Firmado: Dr. CARLOS A. TOMADA- Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación”.

Que conforme lo expresado, y a los fines de aventar toda duda, el Departamento Ejecutivo Municipal entiende que es conveniente también la ratificación de todo lo actuado, por parte del Concejo Deliberante Municipal.

Por ello, el Sr. Intendente Municipal de la ciudad de Libertador General San Martín, en uso de las potestades otorgadas por la CARTA ORGANICA MUNICIPAL en su ART. 49 Inc. 04, tiene a bien proponer al Cuerpo el tratamiento y aprobación del siguiente proyecto

ORDENANZA Nº 2781 /04

Artículo 1º.- Ratifícase en todos sus términos el Convenio de Reconocimiento de Deuda y de Pago de fecha 02 de febrero de 2.004, celebrado entre la Municipalidad de Libertador General San Martín y el “Sindicato de Empleados y Obreros Municipales de Libertador General San Martín (SEOML).-

Artículo 2º.- De forma.-

SALA DE SESIONES GENERAL SAN MARTÍN, con tratamiento aprobatorio en Sesión Extraordinaria del Día Miércoles 15 de Diciembre del año 2.004

PASE: al Departamento Ejecutivo para su PROMULGACIÓN y demás fines.

DESE: Al Concejo Deliberante para su Registro Legislativo y Municipal.

CONCEJO DELIBERANTE, 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2.004.

DR. RAMON JORGE ALE

PRESIDENTE

CONCEJO DELIBERANTE

LDOR. GRAL. SAN MARTIN – JUJUY

PROMÚLGUESE: TÉNGASE POR ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2781/04.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 20 DE DICIEMBRE DE 2.004.

LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN, PROVINCIA DE JUJUY.

ERMINDO E. MARCELO LLANOS

INTENDENTE

MUNIC. LDOR. G. S. MARTIN

02/04/09 Feb./05 – Liq. 42702 – $ 8,70