BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 16/12/2005
Poder Judicial de la Nación
EXPTE. N° 190/01
Hago saber que el Dr. Mariano Wenceslao Cardozo – Juez Federal de Jujuy, en el expediente caratulado: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA contra QUINTANA, SERGIO ESTEBAN – ORDINARIO POR COBRO DE PESOS”, que tramita por ante este Juzgado Federal Nº 1 de Jujuy, ha dispuesto notificar la siguiente resolución que dice así: San Salvador de Jujuy, 18 de octubre de 2.005.- VISTOS:…..- RESULTA:…..- CONSIDERANDO:…..- FALLO: I.- Hacer lugar la demanda promovida por el Banco de la Nación Argentina en contra del Sr. Sergio Esteban Quintana.- En consecuencia, deberá el accionado proceder al pago de la suma de pesos un mil doscientos setenta y seis con noventa y nueve centavos ($1.276,99) en concepto de capital con mas los intereses devengados y punitorios, I.V.A., costas y costos.- II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Daniel Abraham Anún en la suma de pesos cuarenta ($40) y del Dr. Ernesto Alejandro Hansen en la suma de pesos cien ($100,oo).- III.- Registrar, notificar y oportunamente archivar.- Fdo.: Mariano Wenceslao Cardozo – Juez Federal de Jujuy.-
Publíquense edictos en boletín oficial y diario local durante DOS DIAS.-
San Salvador de Jujuy, 24 de noviembre de 2.005.-
14/16 de Dic. Liq. Nº 50587 $ 11.80
Poder Judicial de la Nación
EXPTE. N° 89/01
Hago saber que el Dr. Mariano Wenceslao Cardozo – Juez Federal de Jujuy, en el expediente caratulado: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA contra TORO VILLALÓN, ELISA CRISTINA – ORDINARIO POR COBRO DE PESOS”, que tramita por ante este Juzgado Federal Nº 1 de Jujuy, ha dispuesto notificar el siguiente decreto que dice así: San Salvador de Jujuy, 06 de octubre de 2.005.- VISTO:…..- RESULTA:…..- CONSIDERANDO:…..- FALLO: I.- Hacer lugar la demanda promovida por el Banco de la Nación Argentina en contra de la Sra. Elisa Cristina Toro Villalón.- En consecuencia, deberá la accionada proceder al pago de la suma de dos mil quinientos noventa y tres con quince centavos ($2.593,15) en concepto de capital con más los intereses legales, costas y costos.- II.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Mercedes Amanda Quispe Montiel y del Dr. Daniel Abraham Anún en la suma de pesos doscientos cincuenta y nueve con treinta y un centavos ($259,31).- III.- Registrar, notificar y oportunamente archivar.- Fdo.- Mariano Wenceslao Cardozo – Juez Federal de Jujuy.-
Publíquense edictos en boletín oficial y diario local durante DOS DIAS.-
San Salvador de Jujuy, 23 de noviembre de 2.005.-
14/16 de Dic. Liq. Nº 50587 $ 11.80
Dr. EDUARDO H. CONDE, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 8, Secretaría N° 16 de San Pedro de Jujuy en el Expte. N° A-08619/00, caratulado “ADOPCIÓN SIMPLE del menor DARIO MIGUEL ANGEL RUIZ, solicitado por ALDO ROMULO TEJERINA”, procede a expedir copia testimoniada de la siguiente resolución “SAN PEDRO DE JUJUY, 05 de Diciembre de 2005.- AUTOS Y VISTOS:.. RESULTA:.. Y CONSIDERANDO:.. RESUELVE: 1) Hacer lugar a la presente demanda en todas sus partes y en cuanto por derecho hubiere lugar y en consecuencia, conceder al Sr. ALDO ROMULO TEJERINA, DNI N° 17.074.980, la ADOPCIÓN SIMPLE del menor DARIO MIGUEL ANGEL RUIZ, DNI. N° 37.918.940, nacido el 05 de enero de 1994 en Libertador General San Martín, Dpto Ledesma, Provincia de Jujuy, según Acta N° 29778, F° 48vta.,Libro 100 de nacimiento de Libertador General San Martín, con la imposición al menor del apellido del adoptante, TEJERINA, debiendo quedar registrado como DARIO MIGUEL ANGEL TEJERINA, Y todas aplicaciones legales.- II) Oficiar al Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Jujuy a los fines de la anotación de la resolución precedente.- III) conceder al recurrente el beneficio de justicia gratuita a mérito de la declaración jurada formulada de Justicia.- IV) Protocolícese, hágase saber y dése copia.- Fdo: Dr. EDUARDO H. CONDE –Juez- ante mí: Dr. JULIO HECTOR LUNA –Secretario-.- ES COPIA.-
BOLETÍN Oficial y un Diario local TRES VECES por CINCO DIAS.-
SAN PEDRO DE JUJUY, 12 de Diciembre de 20005
16/19/21 DIC. LIQ. Nº 50609 $ 17.70








