BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 09/12/2005

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 8, SECRETARIA 16, DEL CENTRO JUDICIAL DE SAN PEDRO DE JUJUY, hace saber: Que en el expte. Nº A- 21258/2003, caratulado: “PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD SOLICITADA POR EL DR. RODOLFO GABRIEL SAJAMA DEFENSOR DE MENORES Y POR LAS MENORES SANDRA VERONICA Y MARIA DEL VALLE RIVERO”, se ha dictado el siguiente proveído: SAN PEDRO DE JUJUY, 15 de noviembre de 2005.- AUTOS Y VISTOS.-… Y CONSIDERANDO.-…el Juzgado: RESUELVE: 1) Hacer lugar a la presente demanda en todas sus partes y en cuanto por derecho hubiere lugar.- 2) Declarar la privación del ejercicio del derecho deber de Patria Potestad de ALEJANDRA IVANA RIVERO, DNI. Nº 24.826.412, respecto de sus hijas menores, SANDRA VERONICA RIVERO, DNI. Nº 44.679.388, nacida el 21/03/98 y MARIA DEL VALLE RIVERO, DNI. Nº 44.679.389, nacida el 17/02/2000, quienes quedan a partir de firme la presente en estado de adoptabilidad.- 3) Registrar, protocolizar, hacer saber etc. 4) Notifiquese. 5) Notificar por edictos a publicarse sin costos en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces en cinco días.- FDO: DR. EDUARDO HORACIO CONDE – JUEZ- ante mi: DR. JULIO HECTOR LUNA – SECRETARIO.-San Pedro de Jujuy, 30 de noviembre de 2005.-

09/12/14 DIC. S/C