BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 09/12/2005
DR. JOSE LUIS CARDERO – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº UNO- SECRETARIA Nº UNO, en los autos caratulados B-09365/96: CONCURSO PREVENTIVO: ALBERTO CARRILLO; hace saber la siguiente providencia de fs. 455: S.S. DE JUJUY, NOVIEMBRE 15 DEL 2005: I.- Habiéndose homologado el concordato en este CONCURSO y además habiéndose denunciado el pago de los créditos quirografarios, a lo que concluyo, ante la falta de contestación del traslado del conferido al Sr. SINDICO – según vista del 14.09.2005; ordeno la conclusión de este CONCURSO PREVENTIVO en los términos del art. 59 LCQ.- 2.- Declaro también cumplido el acuerdo preventivo (art. 59.- 5º párrafo LCQ)- 3.- Dispongo el cese respecto del deudor de las limitaciones previstas en los art. 15 y 16 de la Ley 24.522.-
4.- Ordeno la publicación de edictos por tres veces en CINCO DIAS en el BOLETÍN OFICIAL y en un diario local de amplia circulación local.- 5.- Notifiquese y ejecutoriado, ofíciese en la forma de estilo (art. 154).- FDO. DR. JOSE LUIS CARDERO – JUEZ – ANTE MI DRA. OLGA B. PEREIRA.- SECRETARIA.-
A tales efectos Publíquese EDICTOS en el BOLETÍN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por TRES VECES en CINCO DIAS.-
SECRETARIA Nº 1: NOVIEMBRE 16 del 2005.- DRA. OLGA B. PEREIRA- SECRETARIA.-
5-7-9 Dic. Liq. Nº 50511 $ 17.70
EL SR. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1, SECRETARÍA Nº 2 DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en los autos caratulados: Expte. Nº B- 47.887/99:“SOLICITA FORMACIÓN DE PEQUEÑO CONCURSO DE ACREEDORES BRACAMONTE DE ALBISETTI, JULIA ROSA Y ALBISETTI, NORBERTO R.” que tramita por la Secretaría Nº 2 de éste Juzgado, procede a notificar la siguiente resolución: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de diciembre de 2.005.-1.- Teniendo en cuenta lo informado por la Sra. Síndico, Susana Busignani a (fojas 713) de que se ha procedido al estricto pago de la propuesta a los acreedores, así como la cancelación de la deuda con los acreedores, y la satisfacción de los honorarios profesionales, ordeno la conclusión de este concurso preventivo en los términos del (Art. 59 LCQ).- 2.- Declaro también cumplido el acuerdo preventivo (Art. 59 5to. párrafo LCQ).- 3.- Dispongo el cese respecto del deudor de las limitaciones previstas en los (Arts. 15 y 16 de la ley 24.522).- 4.- Ordeno la publicación de edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación local.- 5.- Al pedido de regulación de honorarios, deberá estimarlos conforme el Art. 289 de ley 24.552 sobre el uno por ciento (1%).- 5.- Notifíquese, y ejecutoriado, ofíciese en la forma de estilo (Art. 154).- Fdo. DR. JOSÉ LUIS CARDERO, Juez.- Ante mi: DRA. MARÍA GRACIA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, Secretaria”.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DE DICIEMBRE DE 2.005.-
07/09/12 DIC. LIQ. Nº 50549 $ 17.70








