BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 28/11/2005
Dra Graciela Yapura- Secretaria del Juzgado de Primera Instancia en la Civil y Comercial N° 8, Secretaría N° 15 del Centro Judicial San Pedro, en el Expte. N° A-12982/01: “Conc. Prev….O.S.P.A. Ing. Río Grande”, hace saber:///Pedro de Jujuy, 31 de Agosto del 2004.- I.- Declarar la Quiebra de O.S.P.A Ing. Río Grande , con domicilio en la calle Libertad N° 1 de la Localidad de La Mendieta, Dpto. San Pedro de Jujuy, Prov. De Jujuy, de acuerdo a lo previsto en los arts. 43, 46 y 77 inc. 1° de la Ley 24.522.- II.- Ordenar la anotación de la Quiebra en el Reg. Público de Comercio y la inhibición general de los bienes en los registros Inmobiliarios, Prendario y del Automotor, debiéndose librar los respectivos oficios.- III.- Ordenar a la fallida y a los terceros en su caso, que entreguen al Síndico los bienes de O.S.P.A. Ing. Río Grande, que obraren en su poder.- IV.- Intimar a los directivos de O.S.P.A. Ing. Río Grande para que dentro de las veinticuatro horas de notificados entreguen al Sindico los libros de Comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad.- V.- Prohibir expresamente hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces.- VI.- Disponer la intercepción de la correspondencia y la entrega al Sindico, debiéndose librar a tales efectos los respectivos oficios al Correo Argentino, OCA y Andreani.- VII.- Librar los oficios a la Policía Federal y a la Dción. Nac, De Migraciones y Radic. (deleg. Jujuy) a fin de hacerle saber que los Directivos de O.S.P.A. Ing. Río Grande tienen prohibido salir del País sin autorización del Juez de la presente causa. A tales fines, intimar al Dr. Rene R. Barrionuevo, para que dentro del término de 48 horas presente la nómina completa de las actuales autoridades de O.S.P.A. Ing. Río Grande, con mención de los domicilios reales y documentos de identidad de cada uno de ellos, bajo apercibimiento de Ley.- VII.- Mantener como sindico de la Quiebra al designado en el Concurso, C.P.N. Enrique Izquierdo (art. 253 inc. 7 de la Ley 24.522), quien deberá realizar el inventario de los bienes de los fallidos en el término de treinta días de notificado.- IX.- Ordenar a la Secretaría interviniente que en el término de veinticuatro horas encargue la ///publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Pcia. Durante cinco días, la que se realizara sin la necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 de la Ley 24.522).- X.- Oficial a los Juzgados y Tribunales colegiados de la Pcia. De Jujuy y a los Juzgados Federales con sede en esta Pcia.; a los fines que le remitan las acciones judiciales que se siguen en contra de la fallida por las que se reclaman derechos patrimoniales, salvo los juicios de expropiación y los fundados en las relaciones de familia (art. 132 de la Ley 24.522).- Disponer expresamente que el Sindico actuante diligencie tales oficios,. XI.- Protocolizar, Notificar a interesado según inc. 5 de art. 273, salvo al Sind. Actuante y a deudoras quienes deberán ser notificados por cédulas y agregar copia a expte. y a su legajo de copias. Dr. Eduardo H. Conde – Juez. Ante mi: Dra. Nilda Graciela Yapura- Srtia. “ES COPIA”.- San Pedro de Jujuy. 16 de Junio del 2005.-
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