BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 28/11/2005
Nº 50. ESCRITURA NÚMERO CINCUENTA: CESION DE CUOTAS DE CAPITAL SOCIAL DE LA RAZON SOCIAL FARMACIA MORENO SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE. LILIANA ROSA LUCIANI A FAVOR DE MARIA JOSE PÉREZ -. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los tres días del mes Noviembre del año dos mil cinco, ante mí, MARIA ALEJANDRA GAMMARIELLO Escribana Pública Titular del Registro Notarial número sesenta y siete, COMPARECEN por una parte LILIANA ROSA LUCIANI, argentina, Documento Nacional de Identidad Numero 10.853.002, CUIL N° 27-10853002 -8, casada en primeras nupcias con Carlos Alberto Pérez, domiciliada en calle Doctor Aparicio numero 606 Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad, por otra parte MARIA JOSE PEREZ, argentina, Documento Nacional de Identidad numero 28.646.102, CUIL N° 27-28646102-1, soltera, domiciliada en Calle Doctor Aparicio 606 Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad y por una tercera parte comparece JUAN ORLANDO GARAY, argentino, Documento Nacional de Identidad Numero 12.005.494, CUIL N° 20-12005494-6, casado en primeras nupcias con Ana María Rita Joya, domiciliado en calle Capitán Francisco Casado numero 1794 370 viviendas del Barrio Alto Comedero de esta ciudad. Todos los comparecientes hábiles, mayores de edad y de mi conocimiento, doy fe; como así también la doy de que LILIANA ROSA LUCIANI concurre a este acto en su carácter de socio comanditario y JUAN ORLANDO GARAY en el carácter de socio comanditado de la razón social “FARMACIA MORENO S.C.S.”, a mérito del Contrato Social constituido mediante escritura numero ciento cuarenta y uno de fecha 7 de Agosto de 2001 autorizada por ante escribano Luis Enrique Cabrera Granara cuyo testimonio fuera inscripto en el Registro Publico de Comercio al Folio 106, Acta 103, Libro I, de Droguerías y Farmacias y bajo Asiento 2, Folio 5/15, Del Legajo I del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 27 de Agosto del año 2001, que en original tengo a la vista para este acto y en fotocopia agrego un ejemplar al legajo de Comprobantes de este protocolo como parte integrante de la presente escritura, doy fe. Y DICEN: que vienen por este acto a celebrar Contrato de Cesión de cuota de capital de la razón social “FARMACIA MORENO S.C.S.”, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones. PRIMERA: LILIANA ROSA LUCIANI, en su carácter de titular de la cantidad de noventa y ocho (98) cuotas sociales de la razón social “FARMACIA MORENO SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE”, que le corresponde a mérito de la Cesión de Cuotas de Capital Social realizada mediante escritura numero 28 de fecha 27 de febrero del año 2003 autorizada por ante el escribano Luis Enrique Cabrera Granara, que en fotocopia agrego al Legajo de Comprobantes de este protocolo, en adelante llamada la CEDENTE dice que por este acto CEDE Y TRANSFIERE A MARIA JOSE PEREZ, en adelante llamada la CESIONARIA, la totalidad de las cuotas de capital que tiene y le corresponden en la razón social “ Farmacia MORENO SCS” y que asciende a la cantidad de noventa y ocho (98) representativas del noventa y ocho por ciento(98%) del total del capital social que le corresponde en dicha firma, quedando desvinculada de la Sociedad, declarando que no tiene reclamo alguno que formular a la misma, que renuncia a todos sus derechos y aun a los beneficios sobre ejercicios anteriores y que tampoco tiene reclamo que formular a su cesionaria. SEGUNDA: El precio total de la presente cesión es de PESOS TREINTA MIL($30.000), de cuyo importe la cedente recibe en este acto la suma de Pesos diez mil($10.000)en dinero en efectivo, sirviendo la presente de formal recibo y carta de pago, y el saldo de Pesos Veinte mil($20.000) se abonara en diez cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Dos Mil ($2000) cada una. En consecuencia la cedente transmite a la cesionaria, quien acepta, todas las cuotas que tiene sobre las cuotas de capital transferida, colocándola en el mismo lugar grado y prelación con respecto a las mismas, quedando liberada de toda obligación y derecho en relación a la sociedad.- TERCERA: Por su parte, el señor JUAN ORLANDO GARAY, en su carácter de socio de la firma “FARMACIA MORENO S.C.S.”, presta su conformidad con la cesión realizada precedentemente.- CUARTO: Presente en este acto Carlos Alberto Pérez, argentino, Libreta de Enrolamiento numero 7.809.043, cónyuge de la cedente, presta su mas formal asentimiento a la disposición realizada por su esposa, en los términos del Articulo 1277 del Código Civil, firmando en prueba de ello al pie de la presente. QUINTA: La cedente manifiesta que sobre ella ni sobre las cuotas sociales recae interdicción o gravamen alguno que afecte la libre transmisibilidad. SEXTA: Para todos los efectos judiciales del presente instrumento, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, renunciando a cualquier otro fuero, inclusive al Federal si procediese. Previa lectura y ratificación de los comparecientes firman por ante mi, escribana autorizante, doy fe.- hay cuatro firmas pertenecientes a los comparecientes. Ante mi esta mi firma y sello notarial. CONCUERDA fielmente con su Escritura Matriz que paso por ante mi a los folios 107/108 del Protocolo “A” del Registro a mi cargo, doy fe.- Para la cesionaria se expide este PRIMER TESTIMONIO en dos hojas de Actuación Notarial, las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.
ACT. NOT. Nº A- 00428485/86
ESC. PUB. MARIA ALEJANDRA GAMMARIELLO, Titular del reg. Nº 67, S.S. de Jujuy.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 6 y 14 de la ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 de noviembre de 2005.-
NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA
ESCRIBANO
JUZ. DE COMERCIO DE LA PCIA. DE JUJUY
28 NOV. LIQ. Nº 49836 $ 52.70








